Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 20 de Enero de 2005

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución20 de Enero de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El señor C.E.P. interpuso acción de Hábeas Corpus a favor de J.P.P.P. contra el señor D. General de Migración y Naturalización.

A través del escrito contentivo de la presente acción constitucional, se pone en conocimiento de esta Corporación de Justicia que, la precitada se encuentra recluida en el Centro Femenino de Rehabilitación, aunado a que la señora J.P. se encuentra embarazada, y su condición de salud es delicada, toda vez que mantiene complicaciones cardíacas.

Con dicho escrito, se adjunta diversos documentos, el primero de ellos consiste en una nota enviada por la licenciada M.N., D. del citado centro penitenciario, donde le solicita al señor Director de Migración y Naturalización, el traslado de la prenombrada a una casa hogar, toda vez que la misma tiene 30 semanas de embarazo y su condición es delicada. Igualmente se observa copia de la hoja de referencia del Hospital Santo Tomás, donde se deja constancia del embarazo de la señora J.P., y se ordena el reposo absoluto.

Aunado a ello se agrega una nota del Centro Metropolitano de Salud, donde se indica como fecha probable de parto, el día 22 de enero de 2005.

Luego que se admitiera la presente acción constitucional, se libró el respectivo mandamiento de H.C., el cual fue respondido por la autoridad acusada en los términos que detallamos:

"a. Sí ordené la detención de la señora J.P.P.P....mediante Resolución de Detención Nº.1148-DNMYN-SI, fechada 12 de junio de 2004.b. ......fue puesta a órdenes de este Despacho, la ciudadana J.P.P.P., de nacionalidad dominicana por no portar los documentos que acrediten su permanencia legal en el territorio nacional y por haber sido deportada del país en el año 2003.

.........................................

Posteriormente, la prenombrada ingresó al territorio nacional por el área de Paso Canos, sin cumplir con los requisitos exigidos por las leyes migratorias vigentes, y evadiendo todos los controles migratorios.

El día 12 de junio de 2004 fue aprehendida la precitada en el Corregimiento de Santa Ana (Ave. Central) durante un operativo de profiláxis realizado por funcionarios de la Sección de Investigaciones de la Dirección Nacional de Migración, donde se pudo comprobar que la misma no portaba documento alguno que acreditara su status legal en el país, por lo que fue pouste(sic) a órdenes de este Despacho para investigación y posterior verificación de su situación migratorio(sic).

Una vez ordenada su detención mediante la resolución ut...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR