Resolución de Junta Directiva Nº 017-JD de 26 de octubre de 2006, "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA LA RESOLUCION No. 072-JD DE VEINTE DE JUNIO DE 1996 QUE DIO LUGAR A LA CREACION DEL COMITE NACIONAL PARA LA PREVENCION DEL PELIGRO AVIARIO"

RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA N° 017-JD

(De 26 de OCTUBRE de 2006)

Por medio de la cual se modifica y actualiza la Resolución No. 072-JD de veinte de junio de 1996 que dio lugar a la creación del COMITÉ NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL PELIGRO AVIARIO

LA JUNTA DIRECTIVA

En uso de sus facultades legales;

CONSIDERANDO:

Que la Autoridad Aeronáutica Civil tiene la obligación de velar por la protección y seguridad de las operaciones aéreas que se efectúen en el territorio nacional, ajustándose a las normas y recomendaciones señaladas por la Organización de Aviación Internacional.

Que la presencia de aves en las vías o rutas aéreas representa un grave peligro para la operación de aeronaves, aumentando en gran manera los riesgos de incidentes y/o accidentes, con las respectivas consecuencias fatales desde el punto de vista social (perdida de vidas humanas), y económico, que los choques con aves alcanzan para la Aviación.

Que se requiere la actualización de la Resolución No. 072-JD de 20 de junio de 1996 por la cual se creó un ente coordinador que analizara el problema del peligro aviario, (desde el prisma técnico y científico), con énfasis en la inspección de aeropuertos, interacción entre usuarios o explotadores y el aeropuerto, investigación y desarrollo de acciones en conjunto con las instituciones estatales y privadas que de una u otra forma sean necesario involucrar para minimizar el riesgo que ocasionan el choque de aves con aeronaves en el territorio nacional que minimicen los riesgos.

Que la oficina de Coordinación Nacional del Peligro Aviario y Ambiental de la Autoridad Aeronáutica Civil, es quien tiene la responsabilidad de liderar todo lo relacionado con esta problemática y recae en la persona del Director General o en quien él designe, el desempeño como “Presidente del Comité Nacional del Peligro Aviario”; para atender los problemas causados por las aves y ambientales, relacionados directamente con la Aviación.

Que la oficina de Coordinación Nacional del Peligro Aviario y Ambiental debe tomar en consideración a los principales explotadores, pilotos, organizaciones relacionadas con el medio ambiente, instituciones estatales afines al tema y normas aplicadas a nivel internacional.

EN CONSECUENCIA,

RESUELVE:

PRIMERO: CONFIRMAR la creación del COMITÉ NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DEL PELIGRO AVIARIO, tal como se estableció en la Resolución No. 072-JD de 20 de junio de 1996, la bajo la coordinación de la Autoridad Aeronáutica Civil en la...

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