Resolución Nº 01 de 11 de abril de 2008, "POR LA CUAL SE ADMITE LA SOLICITUD DE PRÓRROGA DE MEDIDA DE SALVAGUARDIA HECHA POR CELLOPRINT, S.A"
REPUBLICA DE PANAMA
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
DIRECCION NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRATADOS COMERCIALES INTERNACIONALES Y DE DEFENSA COMERCIAL
RESOLUCION No.01
(De 11 de abril de 2008)
El Director Nacional de Administración de Tratados Comerciales Internacionales y de Defensa Comercial, Encargado
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 003 del 21 de mayo de 2007, este Despacho recomendó al Consejo de Gabinete, según lo establecido en el artículo 74 del Decreto Ley 7 de 2006, la imposición de medidas de salvaguardia definitivas para los siguientes productos investigados:
1) Películas impresas, en rollo para la fabricación de empaques flexibles de polipropileno en su estructura de "Monocapa", destinadas a las máquinas empacadoras, fabricado a partir de proceso de soplado biorientado (BOPP) y clasificadas en la fracción del Arancel de Importación de Panamá 3920.20.90, equivalente a una sobretasa del 48.4% sobre valor CIF del producto importado, adicional al arancel de importación NMF del 6.0% aplicable al producto; y
2) Películas rígidas (no estirables) impresas en rollo para la fabricación de empaques flexibles de policloruro de vinilo - PVC, destinadas a las máquinas empacadoras; clasificadas en la fracción del Arancel de Importación de Panamá 3920.49.00; equivalente a una sobretasa del 63.8% sobre valor CIF importado, adicional al arancel de importación NMF del 0% aplicable al producto;
Que mediante Decreto de Gabinete No. 24 de 8 de octubre de 2007, el Consejo de Gabinete acoge la recomendación hecha por este Despacho en su Resolución No. 003 del 21 de mayo de 2007 y aplica medidas de salvaguardias definitivas para los productos indicados en el párrafo anterior;
Que en virtud del artículo 4 del Decreto de Gabinete No. 24 de 8 de octubre de 2007, estas medidas de salvaguardias tienen duración de un año a partir del 13 de abril de 2007, incluyendo el periodo de vigencia de las medidas de salvaguardias provisionales impuestas mediante Decreto de Gabinete No.7 de 11 de abril de 2007;
Que el día 10 de abril de 2008, con fundamento en el artículo 58 del Decreto Ley 7 de 2006 y el artículo 7.2 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC, la Firma forense GALINDO, ARIAS & LÓPEZ, en representación de la empresa CELLOPRINT, S.A., ha presentado una solicitud de prórroga por treinta y seis (36) meses para la medida de salvaguardia definitiva impuesta mediante Decreto de Gabinete No.24 de 8 de octubre de...
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