Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 31 de Octubre de 2005

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

EL Licenciado R.L.P. ha presentado en su calidad de Apoderado Judicial del señor M.A.J.B., solicitud ante la Sala de Negocios Generales, para el reconocimiento y ejecución de la Sentencia Extranjera de Adopción, fechada el veintiocho (28) de marzo de mil novecientos cuarenta y uno(1941), por la Corte del Distrito de los Estados Unidos, para el Distrito de la Zona del canal, División de B.; por la cual se otorga la adopción al matrimonio CARLETON ROLLOX y E.M.R., de la menor R.E.B.M., así como el cambio de su nombre a ELAINE ROLLOX.

ANTECEDENTES DEL CASO

El apoderado judicial del señor M.A.J.B., basa su solicitud en los siguientes hechos:

"PRIMERO: El trece (13) de marzo de mil novecientos cuarenta y uno (1941), el matrimonio constituido por CARLETON ROLLOX y E.M.R., elevaron a la Corte del Distrito de los Estados Unidos, para el Distrito de la Zona del Canal, División de Balboa, la SOLICITUD DE ADOPCIÓN de la menor R.E.B.M..

SEGUNDO

En la misma fecha el Padre de la menor R.E.B.M., el Señor HOPETON BLAKE, otorgó su Consentimiento a la ADOPCIÓN y permitió que su nombre fuese cambiado al de ELAINE ROLLOX.

TERCERO

La madre de la menor E.B.M., la señora E.M., había fallecido en ese momento.

CUARTO

El juez BUNK GARDNER, mediante Sentencia fechada el veintiocho (28) de marzo de mil novecientos cuarenta y uno (1941), concedió al matrimonio ROLLOX, los derechos y las obligaciones pertinentes a la ADOPCIÓN de la menor R.E.B.M., haciendo hincapié en el cambio de nombre a E.R.; hecho que, también, fue aceptado por el Padre de la menor.

QUINTO

La menor adoptada nació en la ciudad de Panamá, el trece (13) de abril de mil novecientos treinta y ocho (1938).

SEXTO

Mi poderdante es hijo de R.E.B.M.".

SOLICITUDES ESPECIALES: Que se decida que dicha sentencia puede ser ejecutable en la República de Panamá; Ordenar al Director del Registro Civil, la inscripción de la referida sentencia ; y que se haga énfasis en el cambio de nombre de R.E.B., al de E.R., al momento de ejecutarse la adopción.

Como pruebas a su solicitud, el Licenciado R.L.P. aportó los siguiente documentos: Copia de la Sentencia expedida por la Corte del Distrito de los Estados Unidos, para el Distrito de la Zona del Canal, División de B., otorgando la Adopción al matrimonio C.R. y E.M.R., de la menor R.E.B.M.; La traducción al idioma español de todos los documentos relativos al proceso de adopción de la menor; Certificado...

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