Resolución Nº ADM/ARAP No. 07 de 22 de abril de 2008, "POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PAGO DE GASTOS DE ALIMENTACIÓN, VIÁTICOS Y TRANSPORTE EN LA AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ

ADMINISTRACIÓN GENERAL

RESOLUCIÓN ADM/ARAP No. 07 DE 22 DE ABRIL DE 2008

"POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PAGO DE GASTOS DE ALIMENTACIÓN, VIÁTICOS Y TRANSPORTE EN LA AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ."

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD

DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ,

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Presupuesto Vigente de la República de Panamá establece las tarifas para el pago de viáticos a los funcionarios en el país y el exterior.

Que son funciones del Administrador General de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, establecer la organización de la Autoridad, y en general, adoptar todas las medidas que estime convenientes para la organización y funcionamiento del sector; así como la administración de la Autoridad.

Que en virtud de lo antes expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer viáticos por concepto de alimentación y hospedaje a los funcionarios de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, cuando viajen en misión oficial dentro del territorio nacional, de acuerdo a la tabla establecida en la Ley de Presupuesto Vigente.

SEGUNDO: Para el pago de los viáticos se entiende como:

Viático de alimentación: es el reconocimiento que se hace al funcionario cuando cumple una misión oficial fuera de su sede de trabajo, para cubrir sus gastos de alimentación.

Viático de hospedaje: es el reconocimiento que se hace al funcionario cuando cumple una misión oficial de más de un día fuera de su sede de trabajo y deba pernoctar en el área.

Sede Central: oficinas de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, ubicadas en la ciudad de Panamá.

Sede de Trabajo: es el área donde el servidor público realiza sus funciones normales de trabajo. Entiéndase sede central de la ARAP (área metropolitana), Dirección Regional (provincia, estación o puerto).

Sede Regional: lugar donde se encuentra la oficina de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, en cada una de las cabeceras de provincia o distrito.

TERCERO: Los viáticos de alimentación, fuera de la sede de trabajo, se pagarán de la siguiente forma:

Desayuno: Si el funcionario inicia labores antes de las 6:00 a.m., debidamente comprobado con el registro de asistencia o con la justificación escrita del Director o Jefe de Unidad.

Almuerzo: Si el funcionario labora cuatro horas continuas y estas coinciden con el horario de almuerzo establecido en el Reglamento Interno de la...

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