Amparo de garantías constitucionales de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, de 30 de Diciembre de 1999

Tribunales Superiores de Distrito

Ponente MIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA

Demandado: LA ORDEN DE HACER CONTENIDA EN EL AUTO Nº 743 DEL 10 DE JUNIO DE 1999, DICTADO POR EL JUZGADO 9º DE CIRCUITO DE LO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ. MAGISTRADA

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Resumen


AMPARO DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES PROPUESTO POR LA FIRMA FORENSE ARIAS, FÁBREGA Y FÁBREGA, EN REPRESENTACIÓN DEL BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S. A., CONTRA LA ORDEN DE HACER CONTENIDA EN EL AUTO Nº 743 DEL 10 DE JUNIO DE 1999, DICTADO POR EL JUZGADO 9º DE CIRCUITO DE LO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ

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Extracto


Amparo de garantías constitucionales de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, de 30 de Diciembre de 1999

VISTOS:

La firma forense Arias, Fábrega y Fábrega, en representación del BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S. A., interpuso recurso de apelación contra la Resolución fechada 27 de agosto de 1999, dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia.

Por medio de la resolución apelada, dicho Tribunal declaró no viable la acción de amparo de garantías constitucionales promovida contra la orden de hacer contenida en el Auto Nº 743 del 10 de junio de 1999, en el que el Juzgado 9º de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, decretó la ampliación de los puntos a verificar mediante diligencia de inspección judicial y acción exhibitoria. Dicha ampliación se ordenó dentro del incidente de falta de competencia, que se ventila en el proceso promovido por Carlos De Obaldía y J.D. Page Inc., contra el BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S. A. y NORLFOLK AND HAMPTON BANK.

I. FUNDAMENTO DE LA ...

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