Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 28 de Junio de 2005

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución28 de Junio de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Procedente del Primer Tribunal Superior de Justicia ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema, en grado de apelación, la acción de amparo de garantías constitucionales formulada por la firma de abogados, AROSEMENA NORIEGA & CONTRERAS, actuando en calidad de apoderada especial de PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A., contra la orden de hacer contenida en el Auto No.407 de 6 de agosto de 2004, emitida por el Juzgado Tercero de Trabajo de la Primera Sección de Panamá, expedida dentro de la solicitud de aseguramiento de pruebas solicitada por F.L.B., dentro de la cual se decretó una diligencia exhibitoria a los archivos, libros, registros contables, registros de entrada y salida de la empresa, archivos de video cámara de seguridad ubicada en la recepción del edificio principal y los archivos o registros electrónicos mensuales del back up en el servidor de la unidad principal del sistema (AS400), así como de los servidores principales conectados al AS400 en la empresa PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A.

El recurso de apelación que nos ocupa, fue interpuesto contra la resolución de 21 de septiembre de 2004, dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que declaró no viable la acción de amparo contra el citado auto dictado por el Juzgado Tercero de Trabajo de la Primera Sección, por considerar que la amparista no ha demostrado que ha agotado los medios o trámites previstos en la ley para la impugnación de la resolución objeto de dicho amparo, toda vez que la diligencia exhibitoria allí ordenada, fue dispuesta como medida cautelar, que es susceptible de recurso de apelación, el cual no fue ensayado, situación que se presentó como sustento para declarar la no viabilidad del amparo presentado.

La acción constitucional se enmarca dentro de una petición extraprocesal de aseguramiento de pruebas, como ya ha quedado señalado, promovido por el trabajador F.L.B., teniendo como objeto documentos de la empresa PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A., en donde el Juzgado Tercero de Trabajo de la Primera Sección de Panamá, a través del Auto No. 407 expresó lo siguiente:

"...... La firma de abogados LEDESMA, LOAIZA & DE I., en su condición de apoderada judicial del señor F.L.B., solicitó a este Juzgado un aseguramiento de pruebas mediante la práctica de Acción exhibitoria a los archivos, libros, registros contables, registros de entrada y salida de la empresa, archivos de video de cámara de seguridad ubicada en la recepción del edificio principal y los archivos o registros electrónicos mensuales de la back up en el servidor de la unidad principal del sistema (AS400) así como de los servidores principales conectados al AS400 (tanto de la empresa como en la cajilla de seguridad del Banco General) y demás documentos de la empresa PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A. y PANASONIC LATIN AMERICA,S.A., ubicado en vía Transístmica, Ave. S.B., al lado de M.D., con el objeto de establecer lo siguiente:

  1. Qué tipo de relación existe entre PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A. y PANASONIC LATIN AMERICA, S.A., y si dicha relación subsiste con la consecuente unidad económica.

  2. Si las empresas PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A. y PANASONIC LATIN AMERICA, S.A. pagaban horas extraordinarias por las labores realizadas por nuestro representado, después de la jornada ordinaria de trabajo, en el período contemplado de julio de 1999 a 26 de junio de 2003.

  3. Identificación del código de acceso personal de nuestro representado a la computadora del sistema principal, para determinar el tiempo laborado en el período comprendido de julio de 1999 a 26 de junio de 2003.

  4. Identificación de los registros en caja menuda, mediante el cual se suministraba el pago de dieta o subsidio a nuestro representado, los días que permanecía laborando horas extraordinarias después de las 8:00 P.M. en la empresa Identificar día, hora y señalar si se le suministró a otras personas, en el período comprendido de julio e 1999 a 26 de junio de 2003, y si estas otras personas recibieron pagos de horas extras y no así nuestro representado.

  5. Constatar el procedimiento aplicable en la empresa PANASONIC LATIN AMERICA FREE ZONE, S.A. y PANASONIC LATIN AMERICA, S.A. los días de cierre de cada mes, señalando las horas en que concluían labores el Departamento de Contabilidad, Departamento de Logística, Departamento de Planeación, Departamento de Ventas y el Departamento de Sistemas, que demuestran que se laboran horas...

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