Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia - Sala Primera de lo Civil -, de 03 de Agosto de 2006

Corte Suprema de Justicia

Recurso nº 271-03, Ponente Harley J. Mitchell D.

Demandado: LA SENTENCIA DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 2003, DICTADA POR EL PRIMER TRIBUNAL MARÍTIMO, DENTRO DEL PROCESO ESPECIAL DE EJECUCIÓN DE CRÉDITO MARÍTIMO PRIVILEGIADO INSTAURADO POR GILBERTO AROSEMENA CONTRA M/N GOLFO PANAMÁ EX OMAR I.

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Extracto


Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia - Sala Primera de lo Civil -, de 03 de Agosto de 2006

VISTOS:

En el proceso especial de ejecución de crédito marítimo privilegiado interpuesto por el Licenciado NELSON CARREYÓ C. en nombre y representación GILBERTO AROSEMENA PERALTA, contra M/N GOLFO PANAMÁ (ex OMAR I.) han presentado ambas partes recurso de apelación contra la sentencia dictada el 2 de septiembre de 2003 por el Primer Tribunal Marítimo de Panamá.

La sentencia recurrida condena a M/N GOLFO DE PANAMÁ a pagarle al demandante GILBERTO AROSEMENA la suma de CIENTO SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES BALBOAS CON 93/100 (B/.171,453.93), en concepto de daños y perjuicios derivados de los accidentes sufridos por el actor a bordo de la M/N condenada.

RECURSOS DE APELACIÓN

1. Apelación presentada por M/N GOLFO PANAMÁ. (f. 2350-2387).

El escrito mediante el cual se formaliza el recurso de apelación reposa a foja 2350-2387. En el mismo se aduce excepción de prescripción de la acción, por una parte y, por la otra, se alega con carácter de cargo de ilegalidad contra la sentencia recurrida, la existencia de una condición física preexistente en el demandante y la negligencia contributiva del actor en los accidentes de los cuales se derivan los daños causados, que constituyen atenuantes o eximentes de la responsabilidad endilgada.

En cuanto a la excepción de prescripción sostiene en primera instancia la recurrente que la misma se presenta en término, de conformidad con los artículos 72 de la Ley 8 de 1982 y 688 del Código Judicial, los cuales permiten proponer excepciones hasta con los recursos ordinarios. Además, cita y reproduce en favor de su tesis extr...

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