Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 29 de Septiembre de 1997

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El señor A.B.J., por medio de apoderado judicial promovió recurso de casación contra la sentencia de 21 de noviembre de 1996 dictada por el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, dentro del proceso sumario de mayor cuantía que le sigue a PROCESADORA DE GRANOS, S.A.

Acogido dicho recurso por el tribunal de segunda instancia, se ordenó su remisión a la Secretaría de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, fijándose en lista el negocio y se concedió el término a las partes para que presentaran sus respectivos escritos, de conformidad con lo pautado en el artículo 1164 del Código Judicial.

Encontrándose el expediente con un proyecto en lectura, se recibió escrito de desistimiento formulado por la firma forense MURGAS & MURGAS, en carácter de apoderados judiciales del señor R.A.J., (f. 182), cuyo contenido nos permitimos transcribir:

Nosotros, MURGAS & MURGAS, actuando en nombre y representación del señor R.A.A., de generales conocidas en autos, por este medio y con nuestro acostumbrado respeto ocurrimos ante usted a fin de manifestarle que desistimos de la acción y de la pretensión que dio origen al presente Proceso Sumario enunciado al margen superior de este escrito, con fundamento a lo establecido en los artículos 1073 y siguientes del Código Judicial y en virtud de que las partes involucradas han celebrado una transacción extrajudicial, por lo que no tienen reclamaciones que formulase en lo civil, penal, laboral ni de otra forma que guarde relación con el presente juicio.

Y nosotros, ARIAS, ALEMÁN & MORA, actuando en nuestra condición de apoderados especiales especiales de los señores PROCESADORA DE GRANOS, S.A., manifestamos que consentimos el desistimiento de que trata el párrafo anterior.

Dado lo anterior, le solicitamos respetuosamente al señor J. se sirva acoger y aceptar el presente desistimiento, archivar el expediente y darle la salida respectiva.

Desde ya le manifestamos que nos damos por notificados...

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