Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Junio de 2010

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2010
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado L.A.T. actuando en representación de ELADIO ALMENGOR, ha interpuesto recurso de casación laboral contra la Sentencia de 24 de diciembre de 2009, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro de la controversia laboral promovida por su mandante contra Air Sea Worldwide Panamá, S.A.

Al presente recurso, antecede un proceso común de trabajo ventilado en el Juzgado Seccional Primero de Trabajo de la Primera Sección, como consecuencia del reclamo de prima de antigüedad, décimo tercer mes y vacaciones (Ver foja 3 del expediente principal).

Mediante sentencia No. 67 de 29 octubre de 2009, el juzgador de primera instancia absolvió a la empresa Air Sea Wolrdwide Panamá, S.A., del reclamo laboral presentado en su contra por E.A., luego de considerar que no se había acreditado en autos la existencia de una relación laboral (fojas 48-49).

Dicha sentencia fue apelada por la parte demandante y por medio de la Sentencia fechada 24 de diciembre de 2009, el Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial confirmó la decisión del juzgador primario, pues a su juicio los elementos probatorios no demostraron la prestación de un servicio en condiciones de subordinación jurídica y dependencia económica (fojas 70-77).

  1. FUNDAMENTO DEL RECURSO

    El casacionista afirma que la sentencia de segunda instancia es violatoria de los artículos 69, 74, 735 y 737 del Código Laboral. La primera norma establece la presunción de existencia del contrato y la relación de trabajo, así como también la de certeza de los hechos o circunstancias alegados por el trabajador que debían constar en dicho contrato.

    Por su parte, el artículo 74 del mencionado Código, se refiere a las formalidades que debe cumplir un contrato de trabajo por tiempo definido; y los artículos 735 y 737 del Código Laboral, respectivamente, a la carga de la prueba y a la presunción de la relación de trabajo una vez acreditada la prestación del servicio.

    En cuanto a la violación de dichas disposiciones, señala el casacionista que el Tribunal Superior de Trabajo desconoció la existencia de pruebas que comprobaron la prestación de un servicio por parte del señor ELADIO ALMENGOR a favor de la empresa Air Sea Worldwide Panamá, S.A. Por tanto, asevera que habiéndose acreditado la prestación del servicio, debieron presumirse como ciertos los hechos alegados por el trabajador que no constaban en un contrato escrito de trabajo.

    En este sentido, el casacionista sostuvo que la parte empleadora no logró desvirtuar la existencia de una relación de trabajo con el demandante, por lo que el Tribunal Superior de...

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