Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Octubre de 2003

Fecha03 Octubre 2003
Número de expediente424-03

VISTOS:

El licenciado A.G., actuando en nombre y representación de E.R., ha interpuesto recurso de casación laboral contra la sentencia de 12 de junio de 2003, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, dentro del proceso de reintegro por violación al fuero de maternidad incoado por su representada contra la empresa Cooperativa de Ahorro y Crédito El Educador Veragüense, R.L.

  1. Breves antecedentes del caso

    La parte obrera solicitó reintegro por violación del fuero de maternidad ante el Juzgado de Trabajo de la Séptima Sección, el día 25 de noviembre de 2002 (f. 3), petición que fue decidida favorablemente según auto No. 173, de 29 de noviembre del mismo año (fs. 17 a 19).

    Posteriormente, la empresa generó un proceso abreviado tras la impugnación del mandamiento de reintegro, recurso que fue decidido mediante sentencia de 23 de abril de 2003 por el referido Juzgado, que dejó sin efecto el reintegro a su puesto de trabajo decretado a favor de E.R., entre otras consideraciones porque la relación de trabajo entre las partes había culminado por voluntad libre de éstas; la trabajadora no fue obligada a firmar el mutuo consentimiento que puso término al vínculo laboral; además que en el proceso no fue demostrado vicio de la voluntad alguno.

    Esta decisión fue confirmada por medio de la resolución que es objeto del presente recurso extraordinario (Cf. fs. 126 y 159).

  2. Cargos del casacionista

    Afirma el casacioncita que la sentencia del Tribunal ad-quem es violatoria de los artículos 8 y 210, numeral 1, del Código de Trabajo.

    La primera de estas normas prevé el principio de irrenunciabilidad de derechos a favor de los trabajadores, aunque ello conste en un convenio de trabajo u otro pacto cualquiera. Según la disposición señalada son inválidas las estipulaciones infractoras de esta prohibición.

    Afirma el recurrente que la violación ha ocurrido porque la sentencia desconoce que el mutuo consentimiento señalado se dio en contravención del fuero de maternidad, porque pese a las declaraciones de los "testigos sospechosos" aportados por la empresa, ésta tenía conocimiento que la trabajadora estaba embarazada, incluso el abogado de la empresa, E.M..

    El mutuo acuerdo suscrito viola el artículo 8 y de confirmarse la decisión recurrida, la trabajadora perderá su fuente de ingreso y de sustento para su hijo sin compensación. Según el casacionista, la empresa ejerció presiones psicológicas a la trabajadora anteriores y...

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