Decreto Nº 171-2007-DMySC de 22 de mayo de 2007, "POR EL CUAL SE APRUEBA EL DOCUMENTO TITULADO REGULACION PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE LA POLICIA NACIONAL, POR EL USO DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS PARA CUMPLIR CON LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES (FISCOI)."

DECRETO NÚMERO 171-2007-DMySC

(de 22 de mayo de 2007)

Por el cual se aprueba el documento titulado "REGULACIÓN PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA POLICÍA NACIONAL POR EL USO DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS PARA CUMPLIR CON LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES (FISCOI)".

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 280, numeral 2, de la Constitución Política de Panamá, establece que la Contraloría General es el ente encargado de fiscalizar y regular, mediante el control previo y posterior, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin que se realicen con transparencia, probidad y corrección, según lo establecido en la Ley.

Que el Artículo 11, numeral 2, de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que para el cumplimiento de su misión, la Institución fiscalizará, regulará y controlará todos los actos de manejo de fondos y bienes públicos, a fin que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido en las normas jurídicas respectivas.

Que el Artículo 36 de la citada Ley dispone que, la Contraloría General de la República dictará reglamentos que contengan pautas que sirvan de base a la actuación de las personas que manejen fondos o bienes públicos.

Que corresponde a la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad, elaborar los documentos denominados Guías, Instructivos, Procedimientos o Manuales necesarios para la rendición, examen y finiquito de cuentas de la gestión fiscal de los empleados y agentes de manejo, de acuerdo al Decreto 261-Leg. de 16 de septiembre de 2002.

Que una vez elaborados estos documentos, deben oficializarse mediante decreto, en el que se establece la fecha para su aplicación por la dependencia estatal respectiva, y son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos encargados de aplicarlos.

Que la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República en coordinación con la Policía Nacional, participaron en la elaboración del documento titulado "REGULACIÓN PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA POLICÍA NACIONAL POR EL USO DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS PARA CUMPLIR CON LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES (FISCOI)".

Que este documento ha sido consultado, discutido y aprobado por los responsables de cada una de las unidades administrativas, involucradas en el proceso.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar el documento titulado "REGULACIÓN PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA POLICÍA NACIONAL POR EL USO DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS PARA CUMPLIR CON LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES (FISCOI)".

ARTÍCULO SEGUNDO

Este Decreto regirá a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 280, numeral 2, de la Constitución Política de Panamá; Artículo 11, numeral 2 y 36 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General, y Decreto 261-Leg. de 16 de septiembre de 2002.

Dado en la ciudad de Panamá, a los 22 días del mes de mayo de 2007.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS A. VALLARINO R. Contralor General de la República

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN SUPERIOR

CARLOS A. VALLARINO R.

Contralor General

LUIS C. AMADO A.

Subcontralor General

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD

ELY I. BROKAMP I.

Directora

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE BIENES

Y FONDOS PÙBLICOS

ARMANDO ÁLVAREZ

Jefe de Departamento

SERVIO MENDOZA

Analista

FELIPE ALMANZA III

Colaborador Técnico

YAZMINA CORELLA M.

INTRODUCCIÓN
  1. ASPECTOS GENERALES . . . . . . 1

    Naturaleza del Fondo . . . .

    Estructura Orgánica y Funcional de la Unidad

    Administradora del FISCOI . . . .

    Concepto del Empleado de Manejo . . .

    Concepto de Rendición de Cuentas . . .

    Objetivos de la Regulación . . . .

    Rol de la Auditoría Interna y Fiscalización Financiera.

    Base Legal . . . . . . .

    H. Alcance y Duración . . . . .

  2. El Finiquito . . . . . . .

  3. REQUERIMIENTOS GENERALES PARA LA RENDICIÓN

    DE CUENTAS

    Cuentas Bancaria Oficial en el Banco Nacional .

    Estructura Mínima de Control Interno . . .

    C. Libros Específicos de Registros . . . .

    D. Archivo y Custodia de la Documentación

    Sustentadora, relativa a la Generación de Ingresos

    y a la Ejecución de Gastos . . . .

    E. Recurso Humano Técnico . . . .

    Formas Básicas para las Operaciones . . .

  4. PRESENTACIÓN DEL PROYECTO PRESUPUESTO

    ANUAL DEL FISCOI

    Regulaciones Específicas . . . .

    Gastos Aplicables . . . . . .

    Procedimiento para Aprobar el Presupuesto .

  5. CAPTACIÓN DE INGRESOS . . . . .

    Regulaciones Específicas . . . . 16

    Procedimientos . . . . . . 19

    B.1. Ingresos Tipo "A"

    (Escolta o Custodia de Actividades

    Comerciales o Eventos) . . . . 19

    B.2. Ingresos Tipo "B"

    (Ingresos Provenientes del 30% de lo

    Recaudado por las Oficinas de Seguridad del

    Cuerpo de Bomberos) . . . . 21

  6. EJECUCIÓN DE GASTOS . . . . . 22

    Regulaciones Específicas . . . . . 22

    B. Procedimientos. . . . . . . 26

    B.1 Gastos Tipo "A" de B/.0.01 a B/.1,000.00 . 26

    B.2 Gastos Tipo "B" de B/.1,000.01 a B/.20,000.00 29

    B.3 Gastos Tipo "C" Reembolso de Cajas Menudas 33

  7. INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS 36

    A. Regulaciones Específicas . . . . 36

    B. Procedimiento. . . . . . . 36

    FORMAS BÁSICAS. . . . . . . . 38

    Ingresos

    1. Solicitud Autorización de Servicios Policiales Especiales . 40

    2. Formato de Compromiso . . . . . . 41

    3. Contrato de Servicios Especiales . . . . 42

      Egresos

    4. Solicitud de Bienes y Servicios . . . . . 45

    5. Cuadro de Cotizaciones . . . . . . 46

    6. Orden de Compra . . . . . . . 47

      MAPAS DE PROCESOS (Diagramas de Flujo). . . . 48

      ANEXOS . . . . . . . . . 56

      Decreto No. 23-2006-DFG de 3 de febrero de 2006

      Ley No.37 de 23 de noviembre de 2005

      ADJUNTOS

      Informe de Rendición de Cuentas de Ingresos (Estructura)

      Informe de Rendición de Cuentas de Gastos (Estructura)

INTRODUCCION

En cumplimiento a lo establecido en el Decreto No. 23-2006-DFG de 3 de febrero de 2006, emitido por el Contralor General de la República, por el cual se suspende el ejercicio del Control Previo sobre los ingresos, en algunas transacciones y documentos de afectación fiscal correspondientes al Fondo de Intercambio de Servicios para Cumplir con los Objetivos Institucionales (FISCOI) de la Policía Nacional, la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General, en colaboración con los Departamentos de Auditoria Interna y Fiscalización Financiera, y la Dirección Servicios Generales de la Policía Nacional, han desarrollado el presente producto denominado "Regulación para la Rendición de Cuentas de la Policía Nacional por el uso de los Recursos del Fondo de Intercambio de Servicios para Cumplir con los Objetivos Institucionales (FISCOI).

Este documento tiene como objetivo principal establecer una regulación específica, aplicable tanto a la captación de Ingresos y ejecución de Gastos, como a la presentación oportuna, con corrección y transparencia del Informe de Rendición de Cuentas, por parte de las personas que administren fondos y bienes del Estado (Empleados de Manejo), en este caso, los administradores o responsables de los recursos del FISCOI. Así mismo, busca agilizar las acciones concernientes al manejo operativo de este fondo en forma eficaz y eficiente.

Aquellos aspectos no contemplados en esta versión de la regulación, serán desarrollados y expuestos posteriormente a través de los canales oficiales correspondientes, tanto de de la Contraloría General de la Republica, como de la Policía Nacional.

Con el documento en la Contraloría General cumple con lo expuesto en el artículo 17 del Capítulo II de la Ley 32, Orgánica de nuestra Institución, en lo referente a la Rendición de Cuentas; así mismo, se reserva el derecho de publicar en su Página Web, los informes presentados por el FISCOI, como parte de su programa de transparencia y probidad.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad

  1. ASPECTOS GENERALES

    NATURALEZA DEL FONDO

    El Fondo de Intercambio de Servicios para el Cumplimiento de Objetivos Institucionales (FISCOI), se creó como un mecanismo de fortalecimiento económico que contribuye a alcanzar objetivos institucionales, que emanan de la Constitución y la Ley, en situaciones que requieran de una respuesta financiera inmediata para hacer frente a una situación imprevista y urgente o en las que otros recursos presupuestarios resultan insuficientes para sufragar las necesidades del accionar policial.

    El FISCOI es de carácter permanente y su alcance es a nivel nacional, en todas las zonas y dependencias policiales. El mismo se nutre en su mayor parte, con los recursos provenientes de los costos operativos de la prestación de servicios especiales de vigilancia y custodia tanto estacionaria como vehicular, aérea, fluvial, motorizada y de cualquier otro medio a cargo tanto de unidades de policía en goce de su franquicia (Servicios Remunerados) como aquellos que en su turno regular son autorizados a prestar el servicio por necesidades especiales o particulares de seguridad.

    Igualmente, el FISCOI obtiene ingresos por el orden del 30% del recaudo de las Oficinas de Seguridad del Cuerpos de Bomberos de Panamá, a nivel nacional (Ley Núm. 37 de 23 de noviembre de 2005).

    Los recursos del FISCOI se generan actualmente, en base a cinco (5) tipos de servicios que se prestan y por una fuente especial de ingresos a saber:

    Servicios prestados por:

    Policía de Turismo (Custodia de Turistas y Eventos Especiales)

    Dirección de Operaciones de Tránsito (D. O. T.) (Escolta de Equipo pesado y obras vinculadas a vialidad)

    S. A .E. P. S (Escolta de Explosivos, armas y Municiones)

    Policía de la Niñez y Adolescencia

    Escolta de vehículos de reparto y custodia de locales y...

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