Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 17 de Julio de 1996

PonenteRAFAEL GONZÁLEZ
Fecha de Resolución17 de Julio de 1996
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

A través del señor P. General de la Nación, ha sido remitido la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, exhorto de Asistencia Judicial Internacional librada por el señor P. General de la República de México, dentro de las investigaciones que adelanta su despacho en contra de R.S. de Gortari, alias J.G.G.G., alias J.G.C., por la supuesta comisión de delitos de lavado de dinero, enriquecimiento ilícito, falsificación de documentos, falso testimonio y otros delitos.

La petición de asistencia jurídica internacional se realiza sobre la base de los principios fundamentales de derecho internacional, la buena fe y la reciprocidad internacional, a efecto de que las autoridades panameñas presten practiquen las pruebas señalas a foja 10 y 11 del expediente y detalladas de la siguiente forma:

a) Se investigue el origen de los recursos depositados en las cuentas bancarias establecidas en instituciones financieras a nombre o a favor de las siguientes personas y empresas mencionadas en el premio de este escrito. (ver foja 4 del expediente).

De acuerdo con la documentación con que se cuenta, las personas y empresas investigadas tienen intereses económicos en las siguientes compañías:

1. Silver Star Exports Inc., con domicilios en Vía España Número 195, primer piso, y, al parecer, en calle A. de la Guardia Número 8, Edificio Igra, Oficina 201, código postal 872638, zona 7, ambos en la ciudad de Panamá.

2. Highview Properties, Ltd.

3. First Venture Enterprises Ltd.

4. Lauderdale Finances Corp.

5. Casa Blanca, Trading Corp.

6. N. Inc.

7. C.S.A. de C. V.

8. A.M., S de R. L de C. V.

9. Inmobiliaria C., S.A. de C.V.

10. Electrónica del Moral, S.A. de C.V.

e) Se localicen, detecten y ubiquen cualquier bien mueble, (aeronaves, obras de arte, empresas, etc.) o inmuebles registrado o inscrito, en las dependencias oficiales federales o locales, de la República de Panamá, a nombre y/o vinculados directamente con las personas a que se hace referencia en el inciso a) de este escrito.

Vistos los hechos anteriores la Sala se remite a normas de derecho interno que son de obligatoria observación, para el análisis sobre el cumplimiento o no de la solicitud efectuada por el señor Procurador de los Estados Unidos Mexicanos.

La solicitud se fundamenta en los HECHOS, presentados por las autoridades mexicanas y visibles de foja 5 a 7 del expediente, en los mismos se establece que se han iniciado investigaciones tendientes a establecer el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR