Fe de Erratas

FE DE ERRATA

AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE

PARA CORREGIR ERROR INVOLUNTARIO EN RESOLUCI”N No. AG-0730-2006 DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2006, EMITIDO POR EL(LA) AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE Y PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL No. 25719 DE 26 DE ENERO DE 2007 POR LO QUE EL MISMO SE PUBLICA INTEGRAMENTE CON SUS CORRESPONDIENTES ANEXOS

REP⁄BLICA DE PANAM¡

AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE

RESOLUCI”N No. AG.-0730-2006

(De 29 de noviembre de 2006)

"Por la cual se documenta el Status laboral de setenta y un (71) funcionarios p˙blicos como empleados permanentes dentro de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM)".

LA SUSCRITA ADMINISTRADORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE (ANAM), EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, se dicta la Ley General del Ambiente y se crea la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), como entidad autÛnoma rectora del Estado en materia de los recursos naturales y del ambiente, para asegurar el cumplimiento y aplicaciÛn de las leyes, los reglamentos y la polÌtica nacional del ambiente.

Que el artÌculo 5 de la referida Ley General del Ambiente, dicta que la Autoridad Nacional del Ambiente estar· bajo la direcciÛn de un Administrador o Administradora General.

Que el artÌculo 11 de la Ley No.41 de 1998, seÒala que la Administradora General es la Representante Legal de la Autoridad Nacional del Ambiente y que entre sus funciones est· dirigir y administrar esta entidad, asÌ como nombrar, trasladar, ascender, suspender, conceder licencia, remover al personal subalterno, como ejecutar todas las funciones que por Ley le corresponda.

Que la Ley No. 41 de 1998, derogÛ la Ley No. 21 de 16 de diciembre de 1986, que creÛ el Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables (INRENARE).

Que mediante la referida Ley se traspasa el personal, las funciones y el equipo que pertenecÌan a la DirecciÛn de Recursos Naturales Renovables (RENARE) del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA).

Que en virtud de los cambios y traspaso del personal correspondiente se omitiÛ en su momento, la transferencia de un grupo de funcionarios con las tomas de posesiÛn del cargo correspondientes.

Que la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), se encuentra en estos momentos realizando las acciones pertinentes para acreditar al personal que en ella labora y los funcionarios traspasados por la DirecciÛn de Recursos Naturales Renovables (RENARE) del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), al proceso de revisiÛn por parte de la DirecciÛn de Carrera Administrativa.

Que del referido traspaso existen setenta y un (71) funcionarios que laboran para la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), a los cuales no les consta dentro de su expediente el Acta de Toma de PosesiÛn.

Que el personal asignado para la evaluaciÛn, normalizaciÛn y regulaciÛn del proceso de Carrera Administrativa de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), ha realizado ingentes esfuerzos por determinar de manera legal desde cuando el grupo de setenta y un (71) funcionarios forman parte, de manera permanente, de la planilla estatal.

Que como resultado de esta investigaciÛn, constan en las planillas de la ContralorÌa General de la Rep˙blica de Panam·, que los siguientes funcionarios figuran registrados en status permanente en los Registros de Planilla de Sueldo de la InstituciÛn para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR