Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Diciembre de 2014

Número de expediente361-11
Fecha26 Diciembre 2014

VISTOS: La firma de abogados A., C., G. &L., en representación de HSBC BANK (PANAMA), S.A., ha presentado Incidente de Rescisión de Secuestro, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la CAJA DE SEGURO SOCIAL a la sociedad anónima LA CASA DEL MARINO, S.A. Mediante resolución de 16 de junio de 2011, se admite el incidente interpuesto, ordenándose el traslado a la ejecutada, a la entidad ejecutante y al Procurador de la Administración. ARGUMENTOS DEL INCIDENTISTA. Fundamenta el recurrente el presente Incidente de Rescisión de Secuestro basándose en los siguientes hechos: PRIMERO: Mediante escritura pública N° 6468 de 17 de marzo de 2006 extendida por la Notaría Primera del Circuito la cual se encuentra inscrita desde el 30 de junio de 2006, LA CASA DEL MARINO, S.A. reconoció deberle al HSBC BANK (PANAMA) S.A. antes PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A. la suma de CATORCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO DOLARES CON SETENTA CENTAVOS (US$14,578.70) moneda de curso legal de los Estados Unidos o su equivalente en moneda nacional. SEGUNDO: Para garantizar el pago del préstamo recibido de HSBC BANK (PANAMA) S.A. antes PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., así como el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas por LA CASA DEL MARINO, S.A. consagradas en la escritura en referencia, constituyó hipoteca de bien mueble a favor de la mencionada institución bancaria sobre vehículo Marca Nissan, T. sedan, color plate, modelo Almera, año 2006, motor QG16401278, con número de Placa N° 468790, el cual se encuentra inscrita en el Registro Público desde el 30 de junio de 2006 a favor de HSBC BANK (PANAMA) S.A. a la ficha 216095, documento R.N.° 975739 en la Sección de Hipotecas de bienes muebles del Registro Público. TERCERO: Consta que la Caja del Seguro Social decretó secuestro sobre el referido bien mueble (vehículo Marca Nissan, T. sedan, color plate, modelo Almera, año 2006, motor QG16401278, con número de Placa N° 468790), de propiedad de LA CASA DEL MARINO, S.A. en razón del proceso por cobro coactivo que le sigue en esta institución pública al patrono 87613-2194, secuestro este que se encuentra inscrito en el Municipio de Panamá desde el 24 de marzo de 2010. CUARTO: El gravamen hipotecario mencionado en el hecho segundo anterior, constituido a favor de HSBC BANK (PANAMA), S.A. antes PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., el cual recae sobre el bien mueble en mención, tiene fecha de inscripción en el Registro Público desde el 17 de marzo de 2006. Es decir, con esta certificación registral, se comprueba que la fecha de inscripción en el Registro Público es anterior a la expedición de la medida cautelar de secuestro dictada por la Caja de Seguro Social, por lo que estimamos se cumple con lo establecido en el artículo 560 numeral 1 del Código Judicial, y 536 numeral 3 del mismo cuerpo legal. QUINTO: HSBC BANK (PANAMA), S.A. ha interpuesto un Proceso Ejecutivo Hipotecario de Bien Mueble contra LA CASA DEL MARINO, S.A., la cual quedó radicada en el Juzgado Sexto de Circuito de lo Civil de Panamá, con base a la hipoteca constituida a su favor sobre el vehículo Marca...

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