Ley N° 125. Por la cual se aprueba el acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en américa latina y el caribe, hecho en escazú, costa rica, el 4 de marzo de 2018

Fecha de publicación06 Febrero 2020
Fecha04 Febrero 2020
EmisorASAMBLEA NACIONAL
No. 28956-A Gaceta Oficial Digital, jueves 06 de febrero de 2020 1
No. 28956-A Gaceta Oficial Digital, jueves 06 de febrero de 2020 2
Reafirmando la importancia de la Declaración Universal de Derechos
y recordando otros instrumentos internacionales de derechos
humanos que ponen de relieve que todos los Estados tienen la
responsabilidad de respetar, proteger y
promover
los derechos humanos y las
libertades fundamentales de todas las personas, sin distinción alguna,
incluidas de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición,
Reafirmando también todos los princIpIos de la Declaración de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre
el
Medio Humano de 1972 y de la
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992,
Recordando la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Humano,
el
Programa 21, el Plan para la Ulterior Ejecución
del Programa 21, la Declaración de Barbados y el Programa de Acción para
el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, la
Declaración de Mauricio y la
Estrategia
de Mauricio para la Ejecución
Ulterior del Programa de Acción
para
el Desarrollo Sostenible de los
Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, la Declaración de Johannesburgo
sobre
el
Desarrollo Sostenible, el Plan de Aplicación de las Decisiones de la
Cumbre Mundial sobre
el
Desarrollo Sostenible y las Modalidades de
Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo
(Trayectoria de Samoa),
Recordando también que, en
el
documento final de la Conferencia de
las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de
J aneiro (Brasil) en 2012, titulado
"El
futuro que queremos", se reconoce que
la democracia, la buena gobernanza y el estado de derecho, en los planos
nacional e internacional, así como un entorno propicio, son esenciales para
el
desarrollo sostenible, incluido el crecimiento económico sostenido e
inclusivo,
el
desarrollo social, la protección del medio ambiente y la
erradicación de la pobreza y el hambre; se recalca que la participación
amplia del público y
el
acceso a la información y los procedimientos
judiciales
y administrativos son esenciales para promover
el
desarrollo
sostenible, y se alienta la adopción de medidas a nivel regional, nacional,
subnacional y local para promover
el
acceso a la información ambiental, la
participación pública en el proceso de toma de decisiones ambientales y el
acceso a la justicia en asuntos ambientales, cuando proceda,
Considerando la resolución 70/1 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas, de
25
de septiembre de 2015, titulada
"Transformar
nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible", por la que se
acordó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas
universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, y
en donde se estableció
el
compromiso de lograr
el
desarrollo sostenible en
sus tres dimensiones
-económica,
social y
ambiental-
de forma
equilibrada e integrada,
Reconociendo la multiculturalidad de América Latina y
el
Caribe y de
sus pueblos,
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