Nota Marginal de Advertencia Nº S/N de 12 de febrero de 2007, "NOTA MARGINAL DE ADVERTENCIA SOBRE LA FINCA No. 1546, INSCRITA EN EL TOMO 118 REFORMA AGRARIA, FOLIO 236 DE LA SECCION DE PROPIEDAD PROVINCIA DE PANAMA"

NOTA MARGINAL DE ADVERTENCIA REGISTRO PÚBLICO: Panamá, doce de febrero de dos mil siete.

De un nuevo estudio efectuado por el Departamento de Secuestro, se ha determinado que existe la posibilidad de una Nota Marginal de Advertencia sobre la finca Nº 1546, inscrita en el Tomo 118

Reforma Agraria, folio 236 de la sección de propiedad provincia de Panamá.

De las observaciones efectuadas se han establecido los siguientes hechos que motivan la Nota Marginal de Advertencia.

De acuerdo a las constancias regístrales se encuentra ingresado el Asiento 7908 del Tomo 273 del Diario correspondiente al Oficio Nº 8JE-N 1268-98, de 10 de diciembre de 1998, por la cual se remite el Auto de 10 de diciembre de 1998, por la cual ordena el Juez Ejecutor de la Caja de Seguro Social, secuestro sobre las fincas Nº 1546, inscrita en el Tomo 118 Reforma Agraria, folio 236 y finca N° 55995, inscrita al Tomo 1275, folio 398, ambas de la sección de propiedad provincia de Panamá.

De acuerdo a nuestro sistema se inscribió la medida cautelar sobre la finca N° 55995, inscrita al Tomo 1275, folio 398, ambas de la sección de propiedad provincia de Panamá, el 5 de septiembre de 1999.

Sobre la finca Nº 1546, inscrita en el Tomo 118 Reforma Agraria, folio 236 de la sección de propiedad provincia de Panamá, el Asiento 7908 del Tomo 273 del Diario correspondiente al Oficio Nº 8JE-N 1268-98, de 10 de diciembre de 1998, por la cual se remite el Auto de 10 de diciembre de 1998, quedo pendiente.

Estando pendiente el Asiento 7908 del Tomo 273 del Diario, sobre la finca Nº 1546, antes citada se inscribió el Asiento 23742 Tomo 279, consistente en la Escritura Pública N° 15404, de 23 de julio de 1999, de la Notaría Décima de Circuito de Panamá, por la cual HUGO ALBERTO SANDOVAL MEJIA Y JAIRO LUIS SANDOVAL MEJIA VENDE LA FINCA NO., 1546 A SOCIEDAD INVERSIONES ROSALIA S.A.

La Nota Marginal de Advertencia se fundamenta en el artículo 1790 del Código Civil, toda vez que se incumplió con el principio de tracto sucesivo y de prelación, teniendo en cuenta, que existía una medida cautelar con antelación al título traslativo de dominio, sin existir orden...

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