Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Enero de 2009

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor G.M., con cédula de identidad personal Nº6-71-439, actuando -para entonces- en su condición de P. y Representante Legal de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE CLAYTON (APRECLA), ha presentado, a través de su apoderado judicial, Licenciado C.E.V.C., formal DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, en contra de la RESOLUCIÓN Nº01-04 de 8 de enero de 2004 (visible de fojas 1 a 4), dictada por el D.G.G. DE PAREDES, en su condición -para entonces- de Presidente de la Junta Directiva de la -ahora extinta- AUTORIDAD DE LA REGIÓN INTEROCEÁNICA (A.R.I.) (Hoy, Unidad Administrativa de Bienes Revertidos del Ministerio de Economía y Finanzas), con la cual, entre otras cosas, tal Junta Directiva resolvió:

... PRIMERO: Adjudicar a la sociedad INMOBILIARIA P & P, S.A., sociedad debidamente inscrita y registrada en la Ficha Nº355100, R.N., I.N., de la Sección de Micropelículas (Mercantil), del Registro Público; representada legalmente por el señor F.J.P.H., con cédula de identidad personal Nº8-438-698, la Licitación Pública Nº10-ARI-2003, en Primera Convocatoria; para otorgar mediante venta la parcela de terreno identificada como NºCL-35 con un área de terreno de 15 Has + 287.24 mts2, para uso mixto residencial urbano - alta intensidad, ubicada en Clayton, corregimiento de Ancón, distrito y provincia de Panamá por la suma de TRES MILLONES UN MIL BALBOAS (B/.3,001,000.00).

SEGUNDO

Autorizar a la Administración General a suscribir el contrato de compraventa correspondiente con la sociedad INMOBILIARIA P & P, S.A., representada legalmente por el señor F.J.P.H., con cédula de identidad personal Nº8-438-698, para otorgar mediante venta la parcela de terreno identificada como NºCL-35 con un área de terreno de 15 Has + 287.24 mts2, para uso mixto residencial urbano - alta intensidad, ubicada en Clayton, corregimiento de Ancón, distrito y provincia de Panamá.

.../

CUARTO

Dejar claramente establecido que la parcela de terreno NºCL-35 forma parte de la Finca madre Nº179014, inscrita al Rollo Nº32,125, Documento Nº6, de la Sección de la Propiedad (ARI) del Registro Público; provincia de panamá, terreno que será segregado y declarado para que forme finca aparte, una vez quede inscrita la escritura pública de compraventa en el Registro Público.

QUINTO

La adjudicación deberá cumplir con todo lo establecido en el Pliego de Cargos que sirvió de base para la Licitación Pública Nº10-ARI-2003, Primera Convocatoria.

SEXTO

La venta objeto de la presente adjudicación no se considerará perfeccionada hasta tanto se hayan obtenido las autorizaciones y aprobaciones requeridas por Ley.

.../.

Por lo anterior, hemos realizado un ligero recorrido, a fin de determinar el estado en que está el presente proceso, lo cual nos ha permitido concluir que, si bien se han realizado sendas actuaciones, tanto de las partes en juicio, terceros coadyuvantes y de esta propia Corporación de Justicia, las cuales podrían dar lugar a tener dicho caso en estado o etapa de admisibilidad de pruebas; no podría esta S. dejar de puntualizar que de tal revisión han emergido también, acciones que han dado lugar sin vacilaciones a la configuración de nulidades en relación a las mismas, como anotaremos, luego de la sucinta pero debida explicación que haremos.

Antes de continuar y, en aras, no solo de encaminar a nuestros lectores, sino de hacer docencia, consideramos preciso anotar, por una parte, que el presente asunto no sólo se encuentra conformado por las partes enunciadas en el párrafo introductorio de esta resolución, sino, por la ALIANZA PARA LA CONSERVACIÓN Y EL DESARROLLO, Sociedad Civil, registrada a la Ficha NºS.C. 20357, Doc. Nº584102 del Registro Público, representada legalmente desde su ocurrencia al presente proceso, por el señor A.R., con cédula de identidad personal Nº4-237-244, quien ha intervenido como T.C. y, la sociedad denominada INMOBILIARIA P & P, S.A., inscrita a la Ficha Nº355100, R. 63479 e Imagen 13 de la Sección de Personas Mercantil del Registro Público, cuya representación legal la ostenta el señor F.J.P.H., con cédula de identidad personal Nº8-438-698, a quien se le ha ordenado -luego de recibir el debido traslado- contestar la demanda incoada y; por la otra, que según lo previsto en el artículo 46 de la Ley Nº5 de 25 de febrero de 1993 "Por la cual se crea a la Autoridad de...

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