Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 23 de Abril de 2010

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución23 de Abril de 2010
EmisorPleno

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la Acción de Hábeas Corpus, interpuesta por el Licenciado Salvador Cruz Aguilar, a favor de E.Y.S.V., contra el F.S. Especializado en Delitos relacionados con Drogas.

FUNDAMENTOS DEL ACCIONANTE

El apoderado judicial solicitó que se declare ilegal la detención de E.Y.S.V., o en su defecto se le conceda una medida cautelar diferente a la detención preventiva.

Así también señaló, que su mandante se encuentra privada de libertad desde el día 5 de febrero de 2009, en ocasión de un operativo de compra controlada de drogas que originó resultados negativos. No obstante manifestó, que la prueba de campo dio resultados positivos, pero que la prueba definitiva es la que debe remitir el laboratorio técnico especializado en drogas del Instituto de Medicina Legal.

En tal sentido expuso, que la supuesta droga incautada es de cuatro carrizos, pero no consta el peso, la pureza, ni el tipo de droga, puesto que no constan en el infolio penal los resultados del laboratorio técnico especializado en drogas, siendo ésta la prueba principal en esta clase de delito.

Por otra parte, acotó que a su mandante no se le encontró droga en su poder, así como tampoco dinero producto de la compra controlada que se realizó.

De otro modo afirmó, que se no consta en la encuesta penal los resultados del análisis de la supuesta droga incautada, a pesar, que el Ministerio Público ha solicitado y reiterado al Instituto de Medicina Legal la remisión del informe correspondiente, el 26 de octubre de 2009 y el 4 de febrero de 2010.

RESPUESTA DEL FUNCIONARIO DEMANDADO

El mandamiento de H.C. fue atendido por el Licenciado W.P.P., F.S. Especializado en Delitos relacionados con Drogas, mediante Oficio FD2-T09-3835-10 de 26 de marzo de 2010.

Al respecto acotó, que la detención preventiva decretada contra E.Y.S.V., fue ordenada el 9 de febrero de 2009, por la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos relacionados con Drogas.

Respecto a los motivos o fundamentos de hecho y de derecho que sustentaron la medida cautelar personal cuestionada, precisó que se realizó la Operación Belén, que consistió en la compra controlada de sustancias ilícitas a una ciudadana, conocida hasta ese momento como "Y.", quien residía en el corregimiento de Tocumen, Belén, Sector 5, operación ésta en la cual participó como agente encubierto, el Cabo Primero N.B..

Igualmente sostuvo, que las compras controladas se efectuaron los días 4 y 6 de febrero de 2009. Así, en la primera compra se utilizaron dos billetes de un balboa, con los que se compró dos pedazos de carrizos contentivos de polvo blanco que se presume es cocaína, venta que efectuó la persona identificada como "Y.", descrita de la siguiente manera: tez trigueña, gordita, acholada, aproximadamente de 1.63 de estatura.

En la segunda compra el 6 de febrero de 2009, se utilizaron tres billetes de un balboa, con los cuales se compraron tres pedazos de carrizos de la presunta droga conocida como "Cocaína", siendo la misma persona "Y.", quien hizo la venta de la sustancia ilícita.

También refirió, que posterior a la última compra controlada, se realizó la diligencia de allanamiento y registro de la residencia número 40B, cuarto N° 1, ubicada en el sector 5, Belén, T., lugar en el que se mantenía E.Y.S.V., donde se incautaron varios carrizos de plástico transparentes enteros; un carrizo usado en el piso; una vela encendida; un platón color naranja y dentro, una tarjeta de celular usada; un colador pequeño de color amarillo y dentro una cuchara de metal; utensilios éstos que son conocidos como utilizados para la elaboración y empaque de sustancias ilícitas.

Asimismo señaló, que se encontró la suma de treinta y tres balboas, en su mayoría desglosados en billetes de un balboa, los que fueron cotejados con las fotocopias del dinero autorizado para la compra controlada, dando resultados negativos. Sumado a ello, se encontró dentro de un juego de gavetas, un sobre plástico contentivo de hierba seca que se presume es marihuana.

Aseveró, que la señora S.V. al rendir declaración indagatoria indicó, que lo encontrado en su cuarto fue lanzado por su vecino de nombre E., quien cuando realizan allanamientos lanza todo a los otros cuartos; que escuchó cuando E. (a) "Pequenca" le gritaba a su cónyuge que corriera; así como que el dinero que mantenía era producto de tres alisados que había efectuado, puesto que se dedica a trabajos de belleza y que no consume ni vende...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR