Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 14 de Julio de 1994

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución14 de Julio de 1994
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Se encuentra pendiente de decisión recurso de casación en el fondo interpuesto por la licenciada N.L.S. de S., abogada defensora de T.R.C., contra la sentencia de segunda instancia dictada el 10 de septiembre de 1992 por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual se confirma en todas sus partes la sentencia de primera instancia proferida el 31 de julio de 1991 por el Juzgado Séptimo de Circuito, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá, que lo condenó a la pena principal de cinco años, seis meses de prisión y a las accesorias de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, de elección y de cualquier otro derecho político por el término de la sentencia, así como al comiso de la droga y demás bienes incautados, por el delito tipificado en el segundo inciso del artículo 260 del Código Penal.

El negocio que nos ocupa se inició el 8 de octubre de 1989 cuando un S. de la Fiscalía Auxiliar de la República, actuando en funciones de agente especial, en compañía de un número plural de miembros de las extintas Fuerzas de Defensa, practicó una diligencia de allanamiento en el hangar SH-9 ubicado en Diablo Hights, de propiedad del ciudadano colombiano T.R.C., lugar en el que, según expresan los agentes captores y se consigna en el acta de allanamiento, se encontraron dentro de un televisor unos paquetes contentivos de sustancia blanca que al ser analizada por el Laboratorio Técnico Especializado en Drogas del antiguo Departamento Nacional de Investigaciones resultó ser cocaína en la cantidad de 3,754.0 gramos (fs. 43).

De acuerdo a lo que surge del proceso, antes de que se realizara efectivamente la diligencia de allanamiento, algunas unidades de Narcóticos montaron una vigilancia en las inmediaciones del citado hangar. Al cabo de unos minutos, el señor T.R.C. salió de ese lugar (en donde dicho sea de paso residía y tenía algunos enseres de oficina) y tomó su vehículo para dirigirse al aeropuerto, motivo por el cual las unidades que lo vigilaban procedieron a seguirlo y a detenerlo en las inmediaciones de Curundú, frente al lugar conocido como Ingeniería Militar de las antiguas Fuerzas de Defensa. Luego de esto lo trasladaron al hangar SH-9 para practicar la diligencia de allanamiento antes mencionada.

Según da cuenta el proceso, todo parece indicar que, mientras se llevaba a cabo el registro del hangar, tanto TAUFID ROBLEDO CASTRO como dos empleados suyos que permanecían en el hangar (A.G.A. y C.R.C.) fueron...

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