Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 26 de Marzo de 2010

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2010
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado J.B.A.B., actuando en su calidad de apoderado especial de M.O.M., ha presentado ante ésta Superioridad RECURSO DE HECHO en contra de la Resolución fechada 21 de diciembre de 2009, dictada por el Primer Tribunal Superior Del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del Incidente de Intervención de Herederos presentado por M.O.M. en el proceso de Sucesión Intestada de la señora G. L.M.C. ( Q.E.P.D.)

Antes de entrar a resolver sobre el fondo del recurso de hecho, debe ésta Superioridad examinar si se cumplió o no con los requisitos formales exigidos por el artículo 1156 del Texto Único del Código Judicial, en concordancia con los artículos 1152 y 1154 de la misma excerta legal citada.

De las constancias procésales aportadas por el recurrente en hecho, se desprende que éste solicitó y retiró las copias oportunamente (fs.30-31) que presentó el recurso de hecho dentro del término legal (fs-1-3) y que aportó copia de la resolución apelada junto con su notificación (fs. 8-25), así como copia de la resolución que negó el recurso de casación, junto con la constancia de la notificación. (fs.27-29)

Toda vez que se ha verificado que el recurrente en hecho ha cumplido los requisitos de forma que exigen los artículos 1152, 1154 y 1156 del Código Judicial, para que el recurso sea admitido, debe ésta Corporación entrar a decidir sobre el fondo del Recurso de Hecho, es decir, determinar si la Resolución de 12 de noviembre de 2009, es susceptible de casación o no.

ANTECEDENTES DEL RECURSO

El apoderado judicial del recurrente, M.O.M., sostiene en el libelo que contiene el Recurso de Hecho, que el proceso se decidió en primera instancia mediante Auto No. 741-09/0363-07 de 26 de mayo de 2009, el cual fue objeto de impugnación mediante recurso de apelación, resuelto mediante Resolución de fecha 12 de noviembre de 2009 que confirma el Auto No. 741-09 de 26 de mayo de 2009, que negó el Incidente de Intervención de Herederos. Contra éste último fallo, proferido por el Primer Tribunal Superior de Justicia de Panamá, el 24 de noviembre de 2009 el demandante anunció Recurso de Casación.

Plantea el recurrente de hecho, que mediante Resolución fechada 21 de diciembre de 2009, el Primer Tribunal Superior de Justicia de Panamá, resolvió no conceder el término para formalizar el Recurso de Casación anunciado contra la Resolución de 12 de noviembre de 2009 , que confirma el Auto No. 741 de 26 de mayo de 2009, dentro del Incidente de Intervención de...

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