Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Septiembre de 2000

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES R
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2000
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de apelación, ingresó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la sentencia de 12 de abril de 2000, proferida por el Segundo Tribunal Superior, que condenó a A.R.G.E. a la pena de ocho (8) años de prisión, y la accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos luego del cumplimiento de la penal principal por el término de tres (3) años, luego de haber sido declarado culpable por el cuerpo de Jurados de Conciencia, del delito de homicidio cometido en perjuicio de C.E.G.O..

Al dosificar la pena, el Tribunal A-Quo estimó que se trataba de homicidio agravado tipificado en el numeral 1º del artículo 132 del Código Penal y al individualizar la pena base tomó en cuenta los parámetros del artículo 56 del mismo Código fijándola en doce (12) años de prisión, la que fue disminuida en una tercera parte por considerar que concurría la atenuante contenida en el numeral 5 del artículo 66 del Código Penal, es decir, la confesión espontánea y oportuna del agente.

Al momento de ser notificado de la resolución en cuestión, el imputado G.E. anunció apelación, misma que fue sustentada en tiempo oportuno por el defensor de oficio, Licenciado Danilo Montenegro. En el escrito respectivo, solicita a esta S. se reforme la sentencia venida en apelación, puesto que "... se está frente al delito de homicidio en su modalidad simple..." ya que entre la occisa y el imputado no existía vínculo matrimonial. (fs. 444-446).

Por su parte, el Licenciado J.A.T., Hijo, F.P. Superior, en su escrito de objeción a la apelación, "recomienda" se confirme el fallo apelado ya que, a su juicio, "... el hecho de que dos personas convivan maritalmente o se encuentren unidos, equivale para muchos miembros de nuestra sociedad al matrimonio, que aunque no se llega a formalizar, se tiene como cierto que ambas partes tienen derechos y obligaciones ...". (fs. 450-457).

Corresponde a la Sala, expuesto lo anterior, decidir sobre la alzada interpuesta...

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