Sentencia de la Corte Suprema de Justicia - Sala Segunda de lo Penal -, de 06 de Octubre de 2004

Corte Suprema de Justicia

Recurso nº 366-G, Ponente Aníbal Salas Céspedes

Actor: LUZ MARÍA AYALA O JESÚS MARIA AYALA Y YARIELA ISABEL GOMEZ TORRES
Demandado: LUZ MARÍA AYALA O JESÚS MARIA AYALA Y YARIELA ISABEL GOMEZ TORRES, SINDICADAS POR DELITO CONTRA EL PUDOR Y LA LIBERTAD SEXUAL EN PERJUICIO DE KARLA SUSANA RODRÍGUEZ CÉSPEDES. PONENTE: ANÍBAL SALAS CÉSPEDES. PANAMÁ, SÉIS (6) DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO (2004).

Enlazado como:



Resumen


RECURSO DE CASACIÓN (ADMISIBILIDAD), EN PROCESO QUE SE LE SIGUE A LUZ MARÍA AYALA O JESÚS MARIA AYALA Y YARIELA ISABEL GOMEZ TORRES, SINDICADAS POR DELITO CONTRA EL PUDOR Y LA LIBERTAD SEXUAL EN PERJUICIO DE KARLA SUSANA RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Sentencia de la Corte Suprema de Justicia - Sala Segunda de lo Penal -, de 06 de Octubre de 2004

VISTOS:

Con motivo de la presentación oportuna, por parte de la defensa de LUZ MARIA AYALA y YARIELA ISABEL GOMEZ, así como por la Lic. NEDELKA DIAZ SAAVEDRA, en representación del Ministerio Público, y por la Lic. AURA FERAUD, en representación de la parte querellante, de recurso de casación contra la sentencia de 3 de febrero de 2004 proferida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, ingresó a esta Corporación Judicial el expediente que contiene el proceso penal seguido a las antes citadas por delito contra el Pudor, procediéndose de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2439 del Código Judicial, a la fijación en lista del proceso, con la finalidad que las partes interesadas tuvieran conocimiento del ingreso del expediente al tribunal de casación.

A esta fecha, una vez vencido el término de lista es necesario resolver sobre la admisibilidad de los recursos presentados, para lo cual pasaremos a analizar cada uno de ellos.

RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR LUZ MARIA AYALA.

Con relación a los requisitos externos que deben cumplirse en la presentación de este medio de impugnación extraordinario, la Sala estima que la resolución es susceptible del recurso, en virtud que se trata de una sentencia de segunda instancia, dictada por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, dentro de un proceso por delito que tiene señalada pena ...

Ver el contenido completo de este documento


Si ya es cliente de vLex, acceda aquí