El sistema impositivo de Panamá

AutorÁngel Urquizu Cavallé
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Financiero y Tributario Universitat Rovira i Virgili
Páginas275-443

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El Código Fiscal de la República de Panamá,aprobado por la Ley 8, de 27 de enero de 1956, de la Asamblea Nacional de la República de Panamá (G. O. 12995), recoge la mayor parte de impuestos nacionales existentes en este Estado691.

Así, se enumeran los siguientes impuestos nacionales692:

  1. El de Importación.

  2. El de la Renta.

  3. El de Inmuebles.

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  4. El de Naves.

  5. El de Timbre.

  6. El de Aviso de Operación de Empresas.

  7. El de Bancos, financieras y Casas de Cambio.

  8. El de Seguros.

  9. El de Consumo al Combustible y Derivados del Petróleo.

  10. El de Transferencias de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios.

  11. El Selectivo al Consumo de ciertos Bienes y Servicios.

  12. El de Transferencias de Bienes Inmuebles.

    Los impuestos de importación, exportación y reexportación se regulan por el Libro III del Código Fiscal693.

    Los impuestos de la Renta, de Inmuebles, de Naves, de Timbre, de Aviso de Operación de Empresas, de Bancos, financieras y Casas de Cambio, de Seguros, de Consumo al Combustible y Derivados del Petróleo, y de Transferencias de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios, se regulan por las disposiciones del Libro IV y por las transitorias del Código Fiscal694.

    El Impuesto Selectivo al Consumo de ciertos Bienes y Servicios, y el Impuesto a las Transferencias de Bienes Inmuebles, se regulan por normativas propias.

    En Panamá, los ingresos tributarios correspondientes al año 2012 fueron los siguientes695:

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    [VER PDF ADJUNTO]

1. Impuesto sobre la renta
1.1. Objeto del impuesto

Es objeto de este impuesto la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente, dentro del territorio de la República de Panamá sea cual fuere el lugar donde se perciba696.

En Panamá rige un sistema de imposición territorial. Los contribuyentes están sujetos a tributación exclusivamente por las rentas procedentes o derivadas de la República de Panamá.

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Así, se considera renta gravable producida dentro del territorio de la República de Panamá697:

a. La renta proveniente del trabajo personal cuando consista en sueldos y otras remuneraciones que el Estado abone a sus representantesdiplomáticos o consulares o a otras personas a quienes encomiende la...

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