Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 17 de Enero de 2011

PonenteLuis Mario Carrasco M.
Fecha de Resolución17 de Enero de 2011
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

ANTECEDENTES

El proceso penal se inicia con el documento denominado "INFORME FISCAL" suscrito por el Licenciado NAHANIEL MURGAS (Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas), dirigido a los fiscales Segundo y Tercero de Drogas, en el que ponía en conocimiento de que se había recibido información de que la Licenciada MILAGROS VALDES, quien fue nombrada como F. encargada de la Fiscalía Delegada de Los Santos y H. el 22 de noviembre de 2010, procedió a otorgarle la libertad a todos los sindicados que estaban siendo investigados en el proceso penal seguido a M.A.C.P., M.C.D., A.R.V. y GEORGE A. GUILLÉN, sindicados por delitos contra la Salud Pública y otros delitos.

Según el referido informe, se ponía en conocimiento sobre esta información al tratarse de un caso delicado y a fin de que se hagan las diligencias necesarias tendientes a esclarecer la situación antes planteada.

A foja 3 del sumario, reposa un informe suscrito por el Licenciado SOFANOR ESPINOSA en el que pone en conocimiento de la reunión sostenida entre los tres fiscales Especializados en delitos relacionados con Drogas del Ministerio Público en realizada el 7 de diciembre de 2010, con el Procurador General de la Nación, el asistente del Procurador, L.N.J. y el Licenciado PATRICIO CANDANEDO, y se trató el tema de la liberación de estas personas. Además, señala el informe, se dejó constancia que esta situación había sido advertida al Señor Procurador y que él mismo había hecho las gestiones pertinentes a fin de evitar dicha anomalía para el mes de septiembre de 2010.

Se adjuntó al expediente un informe suscrito por el Licenciado N.I.J.M. en el que le manifiesta al Procurador General de la Nación, que recibió una llamada de un funcionario de la DEA quien lo puso en conocimiento de una situación que se estaba suscitando con relación al caso de la avioneta capturada en la región de Azuero, consistente en que los procesados serían puestos en libertad, mediante solicitud de fianza y que se le estaría corriendo traslado para que la Fiscalía de Drogas ubicada en Las Tablas emitiera un concepto favorable.

En este informa, el Licenciado JAEN expresa que procedió a llamar a la Fiscalía de Drogas en Las Tablas y conversó con el F.M. sobre la situación y que éste le afirmó que los sindicados no serían beneficiados con ninguna medida cautelar de libertad.

Finalmente el referido informe el Licenciado JAEN manifiesta que se le "reiteró a la Secretaria de ese despacho, Licenciada M.G. y al propio fiscal MORA, que el Procurador había manifestado que todo aquel que intentase beneficiar a los implicados en el caso descrito, sería investigado y destituido, toda vez que bajo esta administración se tiene cero tolerancia para con los casos relacionados con drogas".

La actividad probatoria del expediente bajo examen, se complementó con la incorporación del expediente que contiene el proceso penal seguido a M.A.C.P., M.A.C.D., AVELINO RIOS VALDES y GEORGE A. GUILLÉN por la presunta comisión de delitos relacionados con drogas y otros. Los antecedentes remitidos constan de 2927 divididas en 6 tomos además de 4 incidentes presentados en dicho proceso (fs.12).

De fojas 3243 a 3250 de los antecedentes, reposa la diligencia de 15 de diciembre de 2010, mediante la cual la Fiscalía Tercera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, dispone recibirle declaración indagatoria a la señora MILAGROS DEL CARMEN VALDES por los delitos de Blanqueo de Capitales y Corrupción de Funcionarios Públicos.

Al rendir sus descargos, la Licenciada VALDES manifestó que el 15 de septiembre de 2010, mientras se encontraba laborando en el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, fue contactada por el L.A.B. quien le dijo que le podía ayudar a conseguir un trabajo permanente en el Ministerio Público, como secretaria Judicial de la Fiscalía de Drogas en la Provincia de Los Santos, pero con la condición que tenía que otorgarle la libertad a unas personas que estaban detenidas en dicha provincia.

La imputada continúa sus descargos aduciendo que realizó la desaprehensión de los imputados en el expediente seguido M.A. CASTILLO PERALTA Y OTROS, para el 25 de noviembre de 2010, ya que esas eran las instrucciones que había recibido del Licenciado A.B., quien en reiteradas ocasiones le manifestó que esto había que hacerlo ya que había llegado a ese Despacho con esa condición (FS.3251-3267).

El 16 de diciembre, un día después de haber rendido la declaración antes citada, la Licenciada MILAGROS DEL CARMEN VALDES rinde una ampliación de declaración indagatoria en la que pone de manifiesto que el Licenciado BALLESTEROS, desde el primer momento le manifestó que en la libertad de los procesados en el proceso seguido M.A.C.P. Y OTROS, estaba involucrado personal de jerarquía del Ministerio Público porque los imputados eran conocidos de la Licenciada E.L. y de la Licenciada NEDELKA, de la cual refiere saber que se desempeñaba como Secretaria General de la Procuraduría General de la Nación.

Luego de incorporarse al sumario otros medios de prueba, el Procurador General de la Nación, Encargado, remite una solicitud a la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia con la finalidad de que se ordene la separación del cargo público ejercido por la Licenciada NEDELKA DÍAZ.

  1. FUNDAMENTOS DE LA PETICIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, ENCARGADO.

    Según el petente, la solicitud presentada guarda relación con el sumario que se instruye, de oficio, por la comisión de delitos Contra la Administración Pública y contra El Orden Económico, en la modalidad de Blanqueo Capitales.

    En el apartado denominado "Antecedentes del Caso", el Procurador Encargado expresa que la presente encuesta penal se inicia con el informe suscrito por el licenciado NAHANIEL MURGAS, Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, mediante el cual da a conocer anomalías que se detectaron en la Fiscalía Delegada de delitos Relacionados con Drogas de H. y Los Santos, las cuales tienen que ver con una decisión adoptada por la Licenciada MILAGROS DEL CARMEN VALDES QUIROZ, F. Encargada de ese Distrito, consistente en ordenar la libertad de los señores M.A.D., A.R.V. y G.G., en un proceso seguido a los precitados por delitos contra la Salud Pública y otros.

    Según el Representante del Ministerio Público, el aludido proceso se inicia con una información policial en la que se indicaba que se estaban utilizando las costas de las playas la Honda, R. y M., por un grupo del crimen organizado para trasegar drogas, armas y personas.

    Así, el petente relata que la información incluía lo referente a la utilización de una finca del lugar para el aterrizaje de avionetas dedicadas a estas actividades ilícitas, lo que se pudo constatar al acudir a la propiedad del señor M.A.C.P., donde se ubicó una aeronave con la bandera de diferentes países y el logo de UNICEF. Se señala además, que se realizaron diversas diligencias y se ubicó, en las residencias de M.A. CASTILLO y AVELINO RIOS, gran cantidad de armas y municiones.

    Como consecuencia de estas diligencias, señala el Procurador Encargado, se dispuso por parte de la Fiscalía Delegada de Delitos Relacionados con Drogas de H. y Los Santos, la recepción de declaración indagatoria de los señores M.A.C.P., M.C.D., A.R.V. y G.G., por la comisión de delitos relacionados con drogas y otros de suma gravedad.

    Según se plasma en la solicitud de "separación" del cargo público ejercido por la Licenciada NEDELKA DÍAZ, la Licenciada MILAGROS DEL CARMEN VALDES procedió a realizar algunas diligencias que se califican de apresuradas y emite la providencia de 25 de noviembre de 2010, mediante la cual libera a los señores M.A.C.P., M.C.D., A.R.V. y GEORGE GUILLÉN. Posteriormente, la referida funcionaria, procede a emitir la Vista Fiscal solicitando un sobreseimiento provisional a favor de los señores M.A.C.P., M.C.D., AVELINO RÍOS VALDES y GEORGE GUILLÉN y remitió el expediente al Órgano Judicial.

    La solicitud presentada también hace referencia a las declaraciones de la Licenciada M.G. (FiscalD. de Drogas de H. y Los Santos) y de DEYSI TREJOS (Secretaria Judicial encargada de dicha Fiscalía), las cuales destacan las actuaciones realizadas por la Licenciada MILAGROS VALDES.

    R. la petición impetrada que, mediante resolución de 15 de diciembre de 2010, la Fiscalía Tercera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, dispuso recibirle declaración indagatoria a M.D.C.V.Q., por su presunta vinculación a los delitos CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Corrupción de Servidores Públicos) y CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO (Blanqueo de Capitales).

    Al rendir sus descargos, reseña el Procurador Encargado, la Licenciada M.D.C.V.Q. aceptó su participación en los hechos, alegando que un abogado llamado J.A.B. le ofreció que le iba a conseguir un trabajo en el Ministerio Público como Secretaria en una Fiscalía de Drogas de H. y Los Santos, pero con la condición de que procediera a liberar a unas personas (fs.3238-3254).

    Posteriormente, la Licenciada VALDES QUIROZ amplía su declaración indagatoria manifestando que el Licdo. B. le dijo desde el primer momento que en la liberación de los procesados, estaba involucrado personal de jerarquía del Ministerio Público y que los sujetos eran conocidos de la Licenciada E.L. y de la Licenciada NEDELKA DÍAZ (fs.3384-3392).

    La petición formulada por el Procurador General de la Nación, Encargado, también incluye una reseña del testimonio de M.M.G. (quien se desempeñaba como F.D. de Drogas de H. y Los Santos hasta el 21 de noviembre de 2010) en la que manifestó que había recibido una llamada telefónica o comunicación de parte de la Licenciada NEDELKA DÍAZ, relacionada con el caso "de la avioneta", y ésta le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR