Resolución Nº 2523 de 3 de abril de 2009, 'POR LA CUAL APRUEBA SOMETER A CONSULTA PÚBLICA LA PROPUESTA DE CÁLCULO DE INGRESO MÁXIMO PERMITIDO Y PLIEGOS TARIFARIOS DE LA EMPRESA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA, S.A., PARA EL PERIODO TARIFARIO QUE VA DEL 1° DE JULIO DE 2009 AL 30 DE JUNIO DE 2013 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN N°2523-Elec Panamá 3 de abril de 2009
“Por la cual aprueba someter a Consulta Pública la propuesta de cálculo de
Ingreso Máximo Permitido y Pliegos Tarifarios de la Empresa de Transmisión
Eléctrica, S.A., para el periodo tarifario que va del 1° de julio de 2009 al 30 de
junio de 2013 y se dictan otras disposiciones.”
El Administrador General,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional
de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con
competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de
abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones,
electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas
natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dictó el “Marco
Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad”, establece el régimen al cual se sujetarán las actividades de
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,
destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 4 del artículo 20 de la Ley 6 mencionada anteriormente,
preceptúa que le corresponde a esta Autoridad establecer los criterios,
metodologías y fórmulas para la fijación de tarifas de los servicios públicos de
electricidad, en los casos en que no haya libre competencia;
4. Que mediante la Resolución JD-5216 de 14 de abril de 2005, esta Autoridad
aprobó el Reglamento de Transmisión, el cual contiene el Régimen Tarifario del
Servicio Público de Transmisión de Electricidad y sus procedimientos, al cual
deberán acogerse aquellas empresas que cuenten con su respectiva concesión para
la prestación de esa actividad;
5. Que conforme al artículo 100 de la Ley 6 de 1997, las fórmulas tarifarias tienen
una vigencia de cuatro años;
6. Que las fórmulas tarifarias vigentes para el Servicio Público de Transmisión
vencen el 30 junio de 2009, por lo que es preciso aprobar un nuevo Ingreso
Máximo Permitido (IMP) y el correspondiente Pliego Tarifario a la Empresa de
Transmisión Eléctrica, S.A. para el periodo del 1° de julio de 2009 al 30 junio de
2013;
7. Que de acuerdo al artículo 101 de la Ley 6 de 3 febrero de 1997, las tarifas
asociadas con el acceso y uso de las redes de transmisión cubrirán los costos de
inversión, administración , operación y mantenimiento de la red nacional de
transmisión, necesarios para atender el crecimiento previsto de la demanda, en
condiciones adecuadas de calidad, confiabilidad y desarrollo sostenible;
8. Que la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. ha presentado la información
requerida para el análisis del Ingreso Máximo Permitido, tales como sus Estados
Financieros no auditados al 31 de diciembre de 2008; la configuración del
sistema actualizado; el Valor Nuevo de Reemplazo de sus instalaciones típicas; la
estructura de desembolsos de proyectos realizados; las inversiones realizadas y
capitalizadas en el periodo transcurrido del 2005 al 2008 así como los retiros de
No 26366-A
Gaceta Oficial Digital, viernes 11 de septiembre de 2009
1
activos realizados en dicho periodo y los previstos para el periodo de julio de
2009 a junio de 2013;
9. Que en atención a la regulación vigente, la Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos realizó un estudio de las empresas comparadoras; de la Tasa de
Rentabilidad a reconocer en el cálculo del Ingreso Máximo Permitido; de los
activos de la empresa; de los gastos de operación, mantenimiento y
administración eficientes; entre otros, con la finalidad de analizar detalladamente
todos los aspectos relacionados con el Ingreso Máximo Permitido para la
actividad de Transmisión que realiza la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.
así como para el Centro Nacional de Despacho e Hidrometeorología;
10. Que la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. debe presentar su Estado
Financiero a diciembre de 2008, debidamente auditado por una firma de auditoria
externa antes de que se emita la aprobación final del Ingreso Máximo Permitido;
11. Que toda vez que el Ingreso Máximo Permitido es determinante para definir
la tarifa a aplicar, esta Autoridad considera necesario someter a un proceso de
Consulta Pública la propuesta de Ingreso Máximo Permitido y el Pliego Tarifario
de Transmisión, previo a su aprobación, a fin de recibir opiniones, comentarios y
sugerencias de los ciudadanos;
12. Que los comentarios recibidos deben estar enmarcados en la Ley 6 de 3 de
febrero de 1997 y el Régimen Tarifario de Transmisión aprobado como parte del
Reglamento de Transmisión vigente;
13. Que una vez esta Autoridad apruebe el Ingreso Máximo Permitido a la
Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., le corresponde a ésta, someter a la
aprobación de esta Autoridad Reguladora el Pliego Tarifario de Transmisión
correspondiente;
14. Que el numeral 25 del artículo 20 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997,
atribuye al la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos realizar los actos
necesarios para el cumplimiento de las funciones que le asigne la Ley, por lo que;
RESUELVE:
PRIMERO: SOMETER a Consulta Pública la Propuesta de Ingreso Máximo
Permitido a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. para la actividad de
transmisión y para el Servicio de Operación Integrada así como la propuesta de
Pliego Tarifario de Transmisión presentada por esta empresa para el periodo del 1°
de julio de 2009 al 30 de junio de 2013.
SEGUNDO: ESTABLECER el mecanismo a seguir en el proceso de Consulta
Pública para el Ingreso Máximo Permitido a la Empresa de Transmisión Eléctrica,
S.A. y el Pliego Tarifario de Transmisión correspondiente, el cual se desarrollará en
dos partes como sigue:
I Parte. Consulta de la propuesta de cálculo del Ingreso Máximo
Permitido a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.
II Parte. Consulta de la Propuesta de Pliego Tarifario de Transmisión,
presentada por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.
TERCERO: COMUNICAR a todos los interesados en participar en la Parte I de
esta Consulta Pública, que a partir del 6 de abril de 2009 estará disponible el
documento que contiene la propuesta de Ingreso Máximo Permitido, con un
análisis en detalle de la metodología, datos y cálculos realizados. Dicho documento
está disponible en las Oficinas de la Dirección Nacional de Electricidad, Agua
Potable y Alcantarillado Sanitario de esta Autoridad y en nuestra página en internet:
http//www.asep.gob.pa.
No 26366-A
Gaceta Oficial Digital, viernes 11 de septiembre de 2009
2
CUARTO: ANUNCIAR que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos,
aceptará comentarios de la ciudadanía sobre la Parte I de esta Consulta Pública a
partir del 6 de abril de 2009 hasta el 24 de abril de 2009, de acuerdo con el siguiente
procedimiento:
1. Presentación de Comentarios:
a. Las personas y/o empresas interesadas podrán presentar sus
comentarios en las Oficinas de la Dirección Nacional de Electricidad,
Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos ubicadas en el primer piso del edificio Oficce
Park, ubicado en la intersección de la vía España con la vía Fernández
de Córdoba.
b. Los comentarios deben presentarse mediante una nota original y una
fotocopia, así como en un CD o cualquier otro medio electrónico, en un
sobre cerrado que deberá distinguirse con la siguiente leyenda:
CONSULTA PÚBLICA – PARTE I. Consulta para el
Cálculo del Ingreso Máximo Permitido a la Empresa de
Transmisión Eléctrica, S.A.
Atención: Dirección Nacional de Electricidad, Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario”
c. Los comentarios y la información que se presente deben estar
explicados claramente y enfocados en el tema, considerando la
metodología aprobada en el Reglamento de Transmisión y podrán
acompañarse de la documentación técnica que respalda la posición.
d. El día 24 de abril de 2009 a las 3:30 p.m. la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, levantará un acta donde dejará constancia del
nombre de las personas y/o empresas que han presentado comentarios
sobre esta parte de la Consulta Pública.
2. Periodo de revisión de los comentarios:
Los comentarios presentados estarán disponibles al público a medida que se
van recibiendo en las Oficinas de la Dirección Nacional de Electricidad,
Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos.
QUINTO: ORDENAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A., que
presente a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos la propuesta de Pliego
Tarifario de Transmisión que corresponda al Ingreso Máximo Permitido propuesto,
con sus modelos de cálculo y la debida sustentación a más tardar el 24 de abril de
2009, misma que será evaluada por esta Autoridad y sometida a Consulta Pública.
SEXTO: COMUNICAR a todos los interesados en participar en la Parte II de esta
Consulta Pública, que a partir del 15 de mayo de 2009, estará disponible el
documento que contiene la propuesta de Pliego Tarifario presentada por la
Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., con un análisis en detalle, datos y cálculos
realizados por esta Autoridad. Esta documentación podrá obtenerse en las Oficinas
de la Dirección Nacional de Electricidad, Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de
la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos o en nuestra página en internet:
http//www.asep.gob.pa.
SÉPTIMO: ANUNCIAR que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
aceptará comentarios sobre la Parte II de esta Consulta Pública a partir del 15 de
mayo de 2009 hasta el 5 de junio de 2009, de acuerdo con el siguiente
procedimiento:
1. Presentación de Comentarios:
a. Las personas y/o empresas interesadas podrán presentar sus comentarios en las
Oficinas de la Dirección Nacional de Electricidad, Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
ubicadas en el primer piso del edificio Office Park, ubicado en la intersección
de la vía España con la vía Fernández de Córdoba.
No 26366-A
Gaceta Oficial Digital, viernes 11 de septiembre de 2009
3

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR