Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), Quinta de Instituciones de Garantía, 14 de Agosto de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2007
EmisorQuinta de Instituciones de Garantía

VISTOS:

Procedente de la Procuraduría General de la Nación, ingresa a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para su debida calificación, las Sumarias en Averiguación seguidas contra el señor R.P.M., Administrador General de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá.

EL QUERELLANTE

La Lcda. C.M., en nombre y representación de la FUNDACIÓN HUMANITAS, presenta Q. por el delito de Abuso de Autoridad y Extralimitación de Funciones en contra de la Nación panameña, ante la emisión de la Resolución ADM/ARAP Nº 02 de 29 de enero del 2007, mediante la cual se norma la actividad de recolección de mamíferos marinos para cautiverio en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá.

Señala que la excepción establecida en el artículo 5 numeral 3, va en contra de las normas de Derecho Internacional, la Constitución Política, el Ordenamiento Positivo Vigente y las Normativas de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá.

Agrega además que dicha excepción viola el artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, Resolución 23 de octubre de 1991. A su vez expresa que los artículos 4 y 114 de la Constitución Política, resultan también violentados, poniendo en peligro la extinción no solo de los delfines sino también de la vida humana.

Adicionalmente señala que el señor P. abusa y se extralimita en sus funciones, pasando por encima de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 13 de 5 de mayo de 2005, que indica que el Comité Directivo del Corredor Marítimo estará integrado por 9 miembros con derecho a voz y voto, por cuanto todos sus integrantes debieron firmar el Acuerdo de Excepciones para la captura de Mamíferos Marinos para cautiverio, a fin de que tuviera validez.

Indica que en dicho acuerdo faltan las firmas de los Miembros que representan al Instituto Panameño de Turismo y a los Organismos Científicos.

Finaliza indicando que en reunión del Comité, tal como se comprueba en su propia Resolución dictada sin la debida aprobación, se advirtió este actuar arbitrario y doloso.

Se señalan como pruebas:

1- Copia Simple de la Resolución ADM/ARAP Nº. 02 del 29 de enero del 2007, publicada en la Gaceta Oficial Nº 25, 731.

2- Copia Simple de la Ley Nº 13 del 5 de mayo del 2005, publicada en la Gaceta Oficial Nº 25, 293.

3- Copia

Simple de las Excepciones para la captura de mamíferos marinos para cautiverio.

4- Copia Simple de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales.

5- Certificado emitido por el...

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