Acuerdo Nº 01-2008 de 25 de enero de 2008, "POR EL CUAL SE APRUEBAN Y ADOPTAN PARÁMETROS Y PROCEDIMIENTOS, QUE HA DE APLICAR LA UNIDAD DE CONTROL DE QUÍMICOS (UCQ), EN MATERIA DE EMISIÓN DE PERMISOS Y MEDIDAS DE CONTROL, EN EJERCICIO DE LAS FUNCIONES QUE LE OTORGA LA LEY Nº 19 DE 13 DE JUNIO DE 2005, SOBRE PRECURSORES Y SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS."

Comisión Nacional para el Estudio y la Prevención

de los Delitos Relacionados con Drogas

CONAPRED

ACUERDO Nº 01-2008

(De 25 de enero de 2008)

"Por el cual se aprueban y adoptan parámetros y procedimientos, que ha de aplicar la Unidad de Control de Químicos (UCQ), en materia de emisión de Permisos y Medidas de Control, en ejercicio de las funciones que le otorga la Ley Nº 19 de 13 de junio de 2005, sobre Precursores y Sustancias Químicas Controladas."

LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL ESTUDIO Y LA PREVENCIÓN DE LOS DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS (CONAPRED), en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley Nº 19 de 13 de junio de 2005, se establecieron las medidas de prevención, control y fiscalización en torno a la producción, preparación y otros, de precursores y sustancias químicas controladas, según los Cuadros I y II de la Convención de Viena de 1988.

Que a través de la precitada Ley, se creó la Unidad de Control de Químicos (UCQ), adscrita a la CONAPRED, como unidad interinstitucional, técnica, científica y administrativa, encargada de la fiscalización de precursores y sustancias químicas controladas y de vigilancia.

Que la Unidad de Control de Químicos requiere de herramientas legales que le permitan establecer parámetros y desarrollar procedimientos, referentes a la emisión de Permisos y la aplicación de medidas de control, no contemplados en la Ley N° 19 de 2005 y que son necesarios para el debido cumplimiento de las funciones que le otorga la Ley en mención.

Que tal como lo dispone el numeral 9, del artículo 59, del Texto Único, que comprende la Ley 23 de 30 de diciembre de 1986 y la Ley N° 13 de 27 de julio de 1994, con sus reformas, modificaciones y adiciones, la CONAPRED tiene la facultad de expedir los acuerdos y reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Que en virtud de lo anterior, la CONAPRED, con la participación y colaboración del sector Industrial y Comercial, elaboró un instrumento normativo, que le permite desarrollar temas y procedimientos que han de ser incluidos, de manera definitiva, en la reglamentación de la Ley 19 de 13 de junio de 2005.

ACUERDA:

APROBAR el presente instrumento, mediante el cual se establecen y desarrollan, procedimientos y parámetros normativos, necesarios para el adecuado desempeño de las funciones de la Unidad de Control de Químicos de la CONAPRED, en adelante UCQ, y cuyo contenido es el siguiente:

TÍTULO I Artículos 1 a 6

DE LOS PERMISOS

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

Del Trámite, Requisitos y Procedimientos para la Emisión de Permisos

ARTÍCULO 1 Los permisos, serán requeridos para los precursores y sustancias químicas controladas, atendiendo a su naturaleza, cantidad e importancia en los procesos ilícitos.

Los requisitos para la obtención de permisos emitidos por la UCQ son los siguientes:

  1. Los permisos serán emitidos por proveedor, independientemente del número de ítems o productos solicitados.

  2. Formulario, que será facilitado por la UCQ, debidamente lleno por la persona natural o jurídica.

  3. Solicitud en papel simple para la persona natural o papel membretado para la persona jurídica, en la cual se solicita la autorización para el manejo de precursores y sustancias químicas controladas, firmada por la persona natural o el Representante Legal o persona (s) de la empresa autorizadas por esta, según sea el caso.

    La solicitud debe indicar el nombre de la sustancia y la cantidad con su respetiva unidad de medida.

  4. Carta de autorización, tramitada anualmente, firmada por la persona natural, el Representante Legal o persona (s) responsable (s) de la empresa, según sea el caso, para efectuar trámites ante la UCQ. Dicho documento debe detallar las generales de la (s) persona (s) autorizada (s) para tramitar el permiso y se acompañará de la copia de cédula de identidad personal de ésta (s) última (s).

    Parágrafo. La UCQ fijará mediante Resolución, los parámetros de control a los que estarán...

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