codigo etica abogado panamá
458 resultados para codigo etica abogado panamá
- Código N° S/N. Código de ética y responsabilidad profesional del abogado.
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Ley N° 53. Que regula la carrera judicial.
..., de conformidad con lo dispuesto en el Código. Judicial o en la presente Ley y superado el ..., orientados por las normas de ética. judicial establecidas en esta Ley y ...Panamá, elegido por el Consejo de Administración de la ...propia defensa si fuera abogado, desde que le es notificado el inicio de la ...
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado orlando alonso rodríguez, abogado en ejercicio, por la violación de los artículos 5, 6, 7, 10 sección c y ch, 12, y artículo 34 literales b), ch), e), del código de ética y responsabilidad profesional del abogado.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con la suspensión del ejercicio de la profesión de abogado por un término de un año (1) al licenciado carlos antonio broce castillo. por infractor de los artículos 5, 10 acápite b) y ch); y, 34 acápites ch), y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993; y, ordena el desglose y entrega de la letra de cambio que reposa a foja 35, al señor diógenes acevedo domínguez.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con amonestación pública al licenciado roberto augusto velásquez hernández, con cédula de identidad personal n°8-161-765, abogado en ejercicio, por infractor de acápite b del artículo 10, así como los artículos 11, 21 y el numeral 4 del artículo 37 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con los artículos 18 y 20 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual la sala cuarta de negocios generales, sanciona con tres (3) años de exclusión, del ejercicio de la abogacía en el territorio nacional, al licenciado rodrigo miranda morales, por infractor del capítulo 1, los artículos 1 y del artículo 37, numerales 16, 25, 26 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, con fundamento en el artículo 20 numeral 3, de la ley 9 de 18 de abril de 1984, reformada por la ley 8 de abril de 1993, dentro de la denuncia interpuesta por nicolás alberto pineda, en representación de la licenciada nilka valdés vanegas. esta sanción, comenzará a regir a partir del veintiocho (28) de febrero de dos mil dieciocho (2018), al veintiocho (28) de febrero de dos mil veinte (2020).
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con la suspensión por un (1) año, del ejercicio de la abogacía a la licenciada elzebith rumina tingling f., abogada en ejercicio, por la violación de los artículos 7, 10 literales b), ch) y d) y 34 literales b), ch), d), e) y y) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con suspensión de dos (2) meses con la consecuente prohibición para el ejercicio de la abogacía por este período, al licenciado edgardo alexis bracho garay, con cédula de identidad personal no. 8-289-620, por haber incurrido en las faltas contenidas en los artículos 7, 8, 10 (literal b) y 34 (literales ch y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado.
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Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con suspensión del ejercicio de la abogacía por el término de tres (3) meses, a la licenciada idalides rodríguez arjona, idónea mediante acuerdo nº1209 de 13 de diciembre de 2010, con número de registro 14724, abogada en ejercicio, por haber incurrido en la falta a la ética contemplada en el numeral 6 del artículo 37 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado; y, le impone una multa de veinticinco balboas con 00/100 (b/.25.00), por su falta de comparecencia —sin justificación-, a la fecha de audiencia señalada para el día 17 de junio de 2022, monto que deberá cancelar favor del tesoro nacional, dentro de los seis (6) meses siguientes a la ejecutoria de esta decisión.
... No. 29690 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de diciembre de 2022 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ" ÓRGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-SALA CUARTA DE NEGOCIOS GENERALES PANAMÁ, CINCO (05) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTID\xC3"...
- Código Nº S/N de 27 de enero de 2011, CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO.
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Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado justo abel aizprúa ramos, varón, panameño, abogado en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 9- 201-693, según acuerdo no.444 y registro nº18584 de 27 de marzo de 2014, por infractor de los artículos 24, 33, 37 numeral 22 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado (gaceta oficial no. 26796 de 31 de mayo de 2011).
... No. 29650 Gaceta Oficial Digital, lunes 24 de octubre de 2022 1 ÓRGANO JUDICIAL REPÚBLICA DE PANAMÁ CORTE SUPRE , MA DE JUSTICIA~SALA CUARTA DE NEGOCIOS GENERALES PANAMÁ, TRECE (13) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS (2022). ...
- Fallo N° S/N. Por la cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado fernando e. herrera medina, registro de idoneidad no. 12259 de 22 de diciembre de 2008, por haber incurrido en las faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado establecido en los artículos 7, 18, los numerales 2 y 6 del artículo 37 y en el literal b, del artículo 38 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado (aprobado en asamblea general plenaria en el marco del x congreso nacional de abogados, el 27 de enero de 2011) en concordancia con la ley 9 de 18 de abril de 1984, reformada por la ley 8 de 16 de abril de 1993 y ordena que a través de la secretaria de la sala cuarta de negocios generales, se giren las circulares correspondientes a fin de cumplir con la publicidad de dicha sanción.
- Fallo N° S/N. Por la cual se sanciona con un (1) año de suspensión del ejercicio de la abogacía en el territorio nacional al licenciado josé rogelio díaz vergara, varón panameño, abogado en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 7-51-711, idoneidad no. 15631 de 20 de septiembre de 2011, por infractor del artículo 5 y 37, numerales 2, 4, 5, 6 y 27 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993, la cual se hará efectiva a partir de la notificación de la presente resolución, de acuerdo a lo previsto en el artículo 40 de la norma citada.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con un (1) mes de suspensión del ejercicio de la profesión de abogado, al licenciado josé antonio ureña, abogado en ejercicio, con registro de idoneidad no.13262, por haber infringido los numerales 12 y 14 del artículo 37 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con la ley no.9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no.8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 01 de junio de 2016, POR EL CUAL SE SANCIONA CON UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA AL LICENCIADO ORLANDO ALONSO RODRÍGUEZ, ABOGADO EN EJERCICIO, POR LA VIOLACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 5, 6, 7, 10 SECCIÓN C Y CH, 12, Y ARTÍCULO 34 LITERALES B), CH), E), DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado rogelio ernesto ramos navarro, abogado en ejercicio, por infractor de los artículos 6 y 7 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no. 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993.
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Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 20 de Enero de 2005
DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADA POR EL LCDO. GIOVANI FLETCHER CONTRA EL LITERAL T) DEL ARTICULO 34 DEL CODIGO DE ETICA Y RESPONSABILDIAD PROFESIONAL DEL ABOGADO
... contra el literal t) del artículo 34 del Código de Ética y Responsabilidad Profesional del ... Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado emitido por el Colegio Nacional de Abogados de ... - Fallo N° S/N. Por la cual se sanciona con la amonestación pública al licenciado roiz alberto navarro, por haber incurrido en las faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado establecido en los artículos 5, 6 y 7 y los numerales 1, 2 y 6 del artículo 37 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado luis antonio stamp kirton, por haber incurrido en las faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado establecido en los artículos 5 y 34 acápite b, c, ch, d, e del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 20, numeral 3 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con amonestación pública al licenciado edgar luís solís solís, por haber incurrido en las faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado establecido en los artículos 6, 7 y 12 y el literal b, del artículo 34 y 35 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por la cual se sanciona con un (1) mes de suspensión del ejercicio de la abogacía en el territorio nacional, al licenciado raúl antonio valdés ríos, por haber incurrido en faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado, establecidas en los literales “ch y e” del artículo 34 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado contado a partir de la notificación de la presente resolución, dentro de la denuncia interpuesta por el señor rené saldaña pitty.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado iván oscar agrazal flores, por infractor del artículo 34, literal h) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no. 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado jorge alberto castillo, por infractor del artículo 34 literales e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con amonestación pública al licenciado rodrigo miranda morales, por infractor de los artículos 6, 7, 8, 10, literal “ch” y 34, específicamente en los literales “b” y “ch” del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, así como el artículo 18 de la ley 9 de 1984, reformada por la ley 8 de 1993, en el proceso instaurado por dario eloy vanhorne.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública a la licenciada melissa grajales, por infractora de los artículos 20 y 34 literal “p” del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.