codigo etica profesional
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública, al licenciado rodolfo chang salcedo, abogado en ejercicio, por infringir el código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en sus artículos: 7, 10 en sus incisos a, b, d y e; artículo 14 en sus incisos a, b, c, d, e y f; artículo 37, en sus incisos 2,4 y, 6, de conformidad con los artículos 18 y 20, numeral 3, de la ley 9 de 1984, tal como ha sido modificada por la ley 8 de 1993 y se ordena la respectiva publicación en la gaceta oficial.
- Fallo N° S/N de martes 14 de noviembre de 2017, POR EL CUAL SE SANCIONA CON AMONESTACIÓN PÚBLICA AL LICENCIADO ROBERTO AUGUSTO VELÁSQUEZ HERNÁNDEZ, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL N°8-161-765, ABOGADO EN EJERCICIO, POR INFRACTOR DE ACÁPITE B DEL ARTÍCULO 10, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 11, 21 Y EL NUMERAL 4 DEL ARTÍCULO 37 DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON LOS ARTÍCULOS 18 Y 20 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado josé honorio ramírez arjona, varón, panameño, abogado en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 8-185-777, idoneidad no. 6988 de 15 de noviembre de 2002, por infractor de los artículos 7, 10, literales b), c) y d) y 37, numerales 2), 4), 5) y 6) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no. 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por la cual se sanciona con una amonestación pública a la licenciada débora maritza cruz martínez, mujer, panameña, abogada en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 8-803-37, idoneidad no. 11770 de 8 de julio de 2008, por infractora de los artículos 10, literal e) y 37, numeral 27, del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no. 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 31 de enero de 2018, POR LA CUAL SE SANCIONA CON UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA A LA LICENCIADA DÉBORA MARITZA CRUZ MARTÍNEZ, MUJER, PANAMEÑA, ABOGADA EN EJERCICIO, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NO. 8-803-37, IDONEIDAD NO. 11770 DE 8 DE JULIO DE 2008, POR INFRACTORA DE LOS ARTÍCULOS 10, LITERAL E) Y 37, NUMERAL 27, DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY NO. 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY NO. 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con la suspensión del ejercicio de la profesión de abogado por un término de un año (1) al licenciado carlos antonio broce castillo. por infractor de los artículos 5, 10 acápite b) y ch); y, 34 acápites ch), y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993; y, ordena el desglose y entrega de la letra de cambio que reposa a foja 35, al señor diógenes acevedo domínguez.
- Fallo N° S/N de martes 14 de marzo de 2017, POR EL CUAL SE SANCIONA CON LA SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO POR UN TÉRMINO DE UN AÑO (1) AL LICENCIADO CARLOS ANTONIO BROCE CASTILLO. POR INFRACTOR DE LOS ARTÍCULOS 5, 10 ACÁPITE B) Y CH); Y, 34 ACÁPITES CH), Y E) DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993; Y, ORDENA EL DESGLOSE Y ENTREGA DE LA LETRA DE CAMBIO QUE REPOSA A FOJA 35, AL SEÑOR DIÓGENES ACEVEDO DOMÍNGUEZ.
- Fallo N° S/N de miércoles 31 de enero de 2018, POR EL CUAL SE SANCIONA CON UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA AL LICENCIADO JOSÉ HONORIO RAMÍREZ ARJONA, VARÓN, PANAMEÑO, ABOGADO EN EJERCICIO, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NO. 8-185-777, IDONEIDAD NO. 6988 DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2002, POR INFRACTOR DE LOS ARTÍCULOS 7, 10, LITERALES B), C) Y D) Y 37, NUMERALES 2), 4), 5) Y 6) DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY NO. 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY NO. 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 06 de julio de 2016, POR LA CUAL SE SANCIONA CON LA SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO POR UN TÉRMINO DE UN AÑO (1) A LA LICENCIADA YENISELL MITZILA SERRANO JUÁREZ, ABOGADA EN EJERCICIO, CON REGISTRO DE IDONEIDAD NO. 9077, POR INFRACTORA DE LOS ARTÍCULOS 23 Y 34 ACÁPITE W) DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado juan antonio tello hinkson, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal no. 8-310-743, registro de idoneidad no. 4922 de 20 de diciembre de 1999, por infractor de los artículos 6, 7 y 34 acápites b del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 31 de enero de 2018, POR EL CUAL LA SALA CUARTA DE NEGOCIOS GENERALES, SANCIONA CON TRES (3) AÑOS DE EXCLUSIÓN, DEL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA EN EL TERRITORIO NACIONAL, AL LICENCIADO RODRIGO MIRANDA MORALES, POR INFRACTOR DEL CAPÍTULO 1, LOS ARTÍCULOS 1 Y DEL ARTÍCULO 37, NUMERALES 16, 25, 26 DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 20 NUMERAL 3, DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, REFORMADA POR LA LEY 8 DE ABRIL DE 1993, DENTRO DE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR NICOLÁS ALBERTO PINEDA, EN REPRESENTACIÓN DE LA LICENCIADA NILKA VALDÉS VANEGAS. ESTA SANCIÓN, COMENZARÁ A REGIR A PARTIR DEL VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018), AL VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE (2020).
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con suspensión del ejercicio de la profesión de abogado por un término de cinco (5) años a la licenciada yenisell m. serrano juarez, mujer, panameña, abogada en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 4-227-166, con registro de idoneidad no. 9077, con domicilio en ivu primavera, frente a la cancha, casa no. 16, david, provincia de chiriquí, por la infracción de los artículos 7 y 34 acápites ch), d), y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual la sala cuarta de negocios generales, sanciona con tres (3) años de exclusión, del ejercicio de la abogacía en el territorio nacional, al licenciado rodrigo miranda morales, por infractor del capítulo 1, los artículos 1 y del artículo 37, numerales 16, 25, 26 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, con fundamento en el artículo 20 numeral 3, de la ley 9 de 18 de abril de 1984, reformada por la ley 8 de abril de 1993, dentro de la denuncia interpuesta por nicolás alberto pineda, en representación de la licenciada nilka valdés vanegas. esta sanción, comenzará a regir a partir del veintiocho (28) de febrero de dos mil dieciocho (2018), al veintiocho (28) de febrero de dos mil veinte (2020).
- Decreto Ejecutivo Nº 121 de 16 de febrero de 2012, POR EL CUAL SE ESTABLECE EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CUERPO DE EDUCADORES DE LA REPÚBLICA Y SE CREAN ESTÍMULOS PARA TODOS ÉSTOS.
- Código Nº S/N de 27 de enero de 2011, CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO.
- DECRETO No. 26 de 1984 APRUEBASE EL CODIGO DE ETICA PROFESIONAL PARA LOS CONTADORES PUBLICOS AUTORIZADOS.
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Ley N° 280. Escucharque regula el ejercicio de la profesión de contador público autorizado
... es la persona que posee la idoneidad profesional establecida por la presente Ley y que está ?ç¡ ... Código de Etica ... Artículo 14. La Junta Técnica ...
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Circular nº 115 de Superintendencia de Bancos, 2012
Código de ética y conducta profesional de la sbp. Prohibiciones
- Fallo Nº 1005-07 de 30 de marzo de 2010, 'POR EL CUAL SE SANCIONA CON TRES (3) MESES DE SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA EN EL TERRITORIO NACIONAL, AL LIC. JANIO LUIS LESCURE, POR INFRACTOR DEL CODIGO DE ETICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO'.
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Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 20 de Enero de 2005
DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADA POR EL LCDO. GIOVANI FLETCHER CONTRA EL LITERAL T) DEL ARTICULO 34 DEL CODIGO DE ETICA Y RESPONSABILDIAD PROFESIONAL DEL ABOGADO
... contra el literal t) del artículo 34 del Código de Ética y Responsabilidad Profesional del ... - DECRETO EJECUTIVO No. 47 de 1996 POR EL CUAL SE ADOPTA EL CODIGO DE ETICA PROFESIONAL Y SE ESTABLECEN LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS BIBLIOTECOLOGOS DE LA REPUBLICA DE PANAMA QUE EJERZAN FUNCIONES EN BIBLIOTECAS, CENTROS DE DOCUMENTACION..
- DECRETO No. 538 de 1951 POR EL CUAL SE ADOPTA EL CODIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL CUERPO DE EDUCADORES DE LA REPUBLICA Y SE CREA ESTIMULOS PARA ESTOS.
- Documento Nº S/N de 19 de abril de 1986, CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO. APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL DE ABOGADOS CELEBRADA EL 18 Y 19 DE ABRIL DE 1986.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no es inconstitucional la frase “…sería poco profesional si el contador público autorizado iniciara o realizara una campaña publicitaria activa”, contenida en el artículo 43 del decreto no. 26 de 17 de mayo de 1984 “por el cual se aprueba el código de ética para los contadores públicos autorizados”, publicado en la gaceta oficial no. 20,070 del 4 de junio de 1984.
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Ley N° 23. Que reforma la ley 9 de 1994, que establece y regula la carrera administrativa, y dicta otras disposiciones.
... por delito doloso ni por faltas al Código de Ética ... Profesional del Abogado ... Tener ...