Decreto Ejecutivo N° 534. Que crea la dirección general de comunicación (dgc), adscrita al ministerio de la presidencia y se dictan otras disposiciones.

Fecha de publicación18 Agosto 2020
Fecha17 Agosto 2020
EmisorMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que para garantizar el manejo de las acciones, programas y políticas que desarrollan las entidades que integran el Gobierno Nacional, al igual que su imagen orgánica, a nivel nacional e internacional, es menester mantener un organismo que coordine, fortalezca y actualice los medios de comunicación, y cree alianzas estratégicas y programas de acción, a fin de difundir las mismas de manera uniforme y efectiva;

Que dicho organismo, debe servir como ente de orientación, coordinación y enlace, para gestionar la comunicación política e imagen pública de gobierno, a ti aves de la difusión de las acciones, avances y resultados de la Administración, con estrategias de comunicación social gubernamental;

Que, para tal efecto, se estima necesario crear dentro de la estructura orgánica del Ministerio de la República un ente responsable de determinar los criterios de la política informativa del Gobierno Nacional y coordinar su ejecución institucional.

DECRETA:

Capítulo I

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1. Se crea en el Ministerio de la Presidencia, la Dirección General de Comunicación, en adelante la DGC, como un ente de coordinación y enlace, responsable de gestionar la comunicación política y la imagen pública del Gobierno Nacional, de manera oportuna y eficaz, a través de la difusión de los avances y resultados de las acciones y políticas gubernamentales, mediante el uso de estrategias modernas de comunicación y de cultura política.

La Dirección General de Comunicación cumplirá su misión regida por el principio de que las entidades gubernamentales deben estar abiertas al escrutinio público y, en virtud de ello, orientará sus tareas institucionales bajo los criterios de la ética informativa y la rendición de cuentas.

Capítulo II

Funciones

ARTÍCULO 2. La DGC y su titular tendrán las siguientes funciones:

1. Determinar los criterios de la política informativa del Gobierno Nacional y coordinar su ejecución institucional.

2. Producir y divulgar los contenidos informativos necesarios para una proyección eficaz de la gestión gubernamental, bajo los conceptos de transparencia y rendición de cuentas.

3. Analizar la coyuntura nacional con el fin de anticipar escenarios de riesgo en materia de comunicación.

4. Activar el protocolo de comunicación en situaciones de crisis.

5. Gestionar las relaciones con los medios de comunicación social, bajo el principio del respeto mutuo y la vigencia constante de las libertades de expresión e información.

6. Orientar la gestión informativa de las entidades del Gobierno...

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