Resolución Nº 15 de 22 de mayo de 2008, "REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS PREMIOS PREVISTOS EN EL PLAN DE INCENTIVOS O PROGRAMA DE INCENTIVOS".

República de Panamá

Resolución N° 15

(22 de mayo de 2008)

El Director General de la

Lotería Nacional de Beneficencia

en uso de sus facultades legales,

Considerando:

Que el artículo segundo de la Resolución Nº 2007-30, de 27 de diciembre de 2007, de la Junta Directiva de la Lotería Nacional de Beneficencia, por medio del cual se aprueba el Plan de Incentivo para Chances y Billetes, establece que:

Artículo Segundo

FACULTAR al Director General para la implementación del Plan de Incentivo, incluyendo la autorización para la ejecución gradual o parcial del Plan de Incentivo o la de alguno de sus elementos.

Que la Junta Directiva de la Lotería Nacional de Beneficencia mediante la Resolución N° 2008-08 de 8 de abril de 2008, ha facultado al Director General para la aprobación y establecimiento de un Plan de Incentivos en los Sorteos Extraordinarios:

Artículo Único

AUTORIZAR, al Director General para la aprobación del establecimiento de un plan de incentivos para los Sorteos Extraordinarios.

Para el otorgamiento de dicha facultad la Junta Directiva ha tenido en cuenta lo ordenado por el numeral 6 del artículo vigésimo cuarto del Decreto de Gabinete Nº 224 de 16 de julio de 1969, "Orgánico de la Lotería Nacional de Beneficencia":

Artículo Vigésimo Cuarto

El Director General tendrá las siguientes atribuciones:

Las demás atribuciones y deberes que le señalen la Ley, la Junta Directiva y el Reglamento Interno de la Lotería Nacional de Beneficencia.

Como parte de una indispensable política de transparencia, que nos permita exponer y someter al escrutinio público los resultados en la gestión del Plan de Incentivos del Sorteo de Oro (miercolito y dominical) y los Sorteos Extraordinarios y, para la promoción adecuada de los sorteos de la institución y de sus programas de incentivos, considera esta Dirección conveniente regular el procedimiento de entrega de los mismos.

En Consecuencia,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Para acceder a los premios previstos en el Plan de Incentivos o Programa de Incentivos los ganadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Presentarse en el lugar, fecha y hora dispuesta la Lotería Nacional de Beneficencia con el Billete, Chance o el Boleto, Tiquete o formulario emitido por la Institución.

Exhibir el original de su cédula de identidad personal y entregar una fotocopia de la misma, en caso de ser requerida.

Llenar y firmar la documentación suministrada...

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