Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 25 de Junio de 2019

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución25 de Junio de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Abel Augusto Zamorano

Fecha: 25 de Junio de 2019

Materia: Acción contenciosa administrativa

Plena Jurisdicción

Expediente: 1208-18

VISTOS:

El licenciado F.M.C., actuando en nombre y representación del señor F.A.A. De León, ha interpuesto demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Administrativa No. 266 de 12 de junio de 2018, emitida por la Autoridad Nacional de Aduanas, su acto confirmatorio; y como consecuencia, se decrete el reintegro del servidor público al cargo que ocupaba anterior a la emisión del acto que lo destituyó, y el pago de los salarios caídos y prestaciones adquiridas a la fecha.

ANTECEDENTES

En los hechos presentados por el apoderado judicial del demandante señala que el señor F.A.A. De León laboraba en la Autoridad Nacional de Aduanas, en el cargo de I. de Aduanas I, al momento en que fue notificado del acto que lo desvincula de la Administración, el día 13 de junio de 2018, en base a la facultad discrecional de la autoridad nominadora, alegando que el funcionario ostentaba la condición de funcionario de libre nombramiento y remoción, por lo que dependía de la confianza del superior jerárquico y, que la perdida de dicha confianza acarrea la remoción.

Manifiesta que, según la certificación emitida por el Jefe Institucional de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Aduanas, el señor F.A.A. De León inició labores en la entidad demandada el 27 de julio de 2006, desempeñándose en una posición de carácter permanente, como I. con funciones de Jefe de Recinto, por lo que contaba con más de once (11) años de servicios.

Considera que, siendo que mantiene un fuero de estabilidad por antigüedad en el cargo, al desempeñarse por más de dos (2) años de servicios continuos e ininterrumpidos en la institución, para ser destituido la autoridad demandada tenía que iniciar un procedimiento disciplinario sancionador en base a una causal debidamente comprobada. Situación que no ocurre en este caso.

  1. NORMAS QUE SE ESTIMAN VIOLADAS Y EL CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN.

    De unestudio del expediente se observa que la declaratoria de ilegalidad se sustenta en la violación directa por omisión del artículo 1 de la Ley 127 de 2013, que establece un régimen de estabilidad laboral para los servidores públicos, toda vez que alega el actor que se desconoce el derecho a la...

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