Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Junio de 2020

PonenteCecilio A. Cedalise Riquelme
Fecha de Resolución24 de Junio de 2020
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Cecilio A. Cedalise Riquelme

Fecha: 24 de junio de 2020

Materia: Acción contenciosa administrativa

Plena Jurisdicción

Expediente: 882-19

VISTOS:

El Magistrado A.A.Z. ha formulado manifestación de impedimento de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por el licenciado C.G., en representación BENERITA BARBA DOMÍNGUEZ, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N° DIGAJ-0193-2019 de 29 de julio de 2019, emitida por la Universidad de Panamá, así como su acto confirmatorio y apara que se hagan otras declaraciones.

Esta solicitud de impedimento del Magistrado Z. se encuentra sustentada con el propósito de garantizar un verdadero y autentico principio de imparcialidad, pues estima que se encuentra impedido para conocer esta demanda en razón que le une con la Universidad de Panamá un vínculo jurídico permanente ya que presta servicio docente en esa Casa de Estudio Superior como Profesor Titular en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, desde hace más de 15 años, situación por la que considera se enmarca en el supuesto de impedimento de los miembros de este Tribunal Contencioso Administrativo, contenido en el numeral 4, del artículo 78 de la Ley 135 de 1943.

En relación con el principio de imparcialidad, expresa que como garantía ciudadana del correcto y ético proceder del ejercicio de la función jurisdiccional y de confianza en el sistema de justicia, contenido en el Código de Ética Judicial Panameño, cuyo fundamento son los lineamientos del Código de Ética Iberoamericano, aprobado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, mediante Acuerdo 523 de 4 de septiembre de 2008, Título II, Capítulo II de los artículos 11 a 21.

La demanda bajo análisis tiene como objeto que esta Sala Tercera declare que es nulo, por ilegal, la Resolución N°DIGAJ-0193-2019 de 29 de julio de 2019, emitida por la Universidad de Panamá, por la cual se niega la solicitud para el pago de la prima de antigüedad a BENERITA BARBA DOMÍNGUEZ.

En este punto es importante señalar, que en virtud de la Resolución de Gabinete Nº 131 de 25 de noviembre de 2019, dictada por el Consejo de Gabinete, (Gaceta Oficial 28908-A de 25 de noviembre de 2019), emitida por el Consejo de Gabinete se acuerda el nombramiento de C.A.V.R., para ocupar el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y...

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