Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 19 de Noviembre de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Luis Ramón Fábrega Sánchez

Fecha: 19 de noviembre de 2019

Materia: Acción contenciosa administrativa

Plena Jurisdicción

Expediente: 645-15-A

VISTOS:

Conoce la Sala Tercera de la Querella por Desacato, interpuesta por el LicenciadoJuan J.M., en representación de G.E.C.I., contra el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por el supuesto incumplimiento de laSentencia de 24 de junio de 2016, dictada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción, interpuesta para que se declare nulo, por ilegal el Decreto de Personal N°151 de 6 de julio de 2015, dictado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, su acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

  1. FUNDAMENTO DE LA QUERELLA

El incidente de desacato es fundamentado en los siguientes términos:

"...

SEGUNDO

Que han transcurrido tres años desde la decisión de la Corte, y hasta la fecha del día de hoy la señora Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, L.Z.S., se encuentra en desacato de la Sentencia de 24 de junio de 2016, dictada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, con la cual se presentó la accionante, a través de su abogado en ese momento, el Licenciado ABDIEL EMIGDIO SAGEL GARCÍA (Q.E.P.D), ante la institución demandada, en la fecha del 9 de agosto de 2016, según sello de recibido de Oficio N°2003 de 8 de agosto de 2016, específicamente en la Dirección Institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

TERCERO

Que, nuestra representada, señora GIOVANA ESTELA CERVANTES IVALDY no ha sido reintegrada al cargo que desempeñaba como Asistente Administrativa en la Dirección Regional de Panamá Este del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, y supone que ha existido mala fe por parte de la Jefa del Departamento de Recursos Humanos, Licenciada M.T. de León por instrucciones del Ministro de Trabajo L.E.C., en su momento, y ahora de parte de la Ministra actual, L.Z.S., al no acatar la orden judicial, omitiendo el procedimiento de reintegro a la posición que ocupaba, lo que muestra desde inicios las intenciones de no cumplir con la sentencia judicial.

CUARTO

Que nuestra representada a (sic) quedado en indefensión, al darse el deceso de su abogado, Licenciado A.E.S.G. (Q.E.P.D.), mismo que falleció en la fecha del 3 de abril de 2017, y era quien en su momento la mantenía informada de lo...

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