Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 23 de Septiembre de 2006

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de Habeas Corpus interpuesta por el Licenciado RENÉ CARVAJAL a favor de A.J.D., J.A.P. y ROBERTO VILLAREAL en contra de la Fiscalía delegada de Drogas de H. y Los Santos.

I- LA ACTUACIÓN RECURRIDA

El proponente de la presente acción pretende obtener la declaratoria de ilegalidad de la orden de detención preventiva ordenada mediante providencia de 16 de Agosto de 2005, por la Fiscalía Delegada Especializada en delitos Relacionados con Droga de H. y Los Santos, en contra de sus patrocinados.

II-FUNDAMENTO DEL ACCIONANTE

Señala el defensor de oficio de los sindicados, que la privación preventiva de libertad que padecen sus patrocinados es ilegal, toda vez que la cantidad de droga que les fue encontrada en posesión, al momento del allanamiento al vehículo en el que se encontraban, califica dentro de la dosis de consumo: 1.27gr. de crack y 0.72 gr. de marihuana para los tres, y que de hecho, al rendir declaración indagatoria, todos se hicieron confesos de consumo de drogas, esto aunado a los resultados que arrojó la prueba de toxicología forense, realizada con la muestra de orina que voluntariamente proporcionaron los indagados, y que en efecto, demostró la presencia de cocaína y marihuana en la muestra.

Sostiene el defensor que a sus representados no se les encontró con dinero fraccionado, pesas, ni ningún elemento indiciario de los que configuran la venta de drogas, y que tampoco han sido sometidos a la diligencia de compra controlada de droga, por lo que mal se les podría formular cargos por posesión agravada, sino mas bien por posesión simple, caso para el cual la ley no contempla detención preventiva.

  1. CONTESTACIÓN AL MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS

Responde el suscrito Fiscalía de Drogas, que en efecto, si tienen a sus órdenes a los sindicados, y que si ordenaron la detención preventiva de los mismos mediante la debida resolución razonada, y que esta fue por escrito.

También explica que lo que fundamentó la medida atacada es que a uno de los sindicados, el joven A.J.D. junto a otros dos amigos más que no son los sumariados dentro de este expediente, se le venía dando seguimiento desde hace varios años, y con la colaboración de un agente encubierto, se les ha venido realizando varias compras controladas de droga, que han resultado positivas, por lo que los cargos que pesan contra él son por venta de drogas, y no por consumo de drogas.

Especifican que la cantidad de droga...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR