Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 24 de Septiembre de 2004

PonenteRogelio A. Fábrega Zarak
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el pleno de la acción de habeas corpus que en su propio nombre y representación, ha interpuesto YUKIO KAWANO ABIVA contra la Fiscalía Tercera Superior.

Repartido el expediente, dispuso el sustanciador que se librara el mandamiento de habeas corpus contra el funcionario acusado.

Mediante Oficio No.1257 de 23 de julio de 2004, dicho funcionario contestó que el sumario penal que se le sigue a KAWANO ABIVA se encontraba radicado en el Segundo Tribunal Superior por lo que mediante providencia de 26 de julio, el sustanciador dirigió la solicitud a dicho Tribunal, quien mediante Oficio No.126-O-V visible a fojas 14 del cuadernillo principal, señaló lo pertinente citar:

"

  1. No ordenamos la detención preventiva del señor Y.K.A..

  2. reiteramos que no fue este Tribunal quien dispuso la detención del arriba nombrado. Ese acto dispositivo emanó del Ministerio Público durante la etapa de instrucción del sumario relacionado con el delito de homicidio, tentativa de homicidio y robo, en perjuicio de X.A. e I.O.S.P. (fs.308-311)

C). A la fecha, el prenombrado se encuentra a órdenes de este Tribunal jurisdiccional, y el sumario se encuentra pendiente de fijar fecha de audiencia por segunda vez, ya que anteriormente se había fijado para el 20 de abril de 2001 y un día antes el Licdo. R. presentó excusa médica, razón por la que se pospuso el mencionado acto, el cual había sido previamente programado; posteriormente tanto el enjuiciado como su defensor han interpuesto distintas acciones como las que nos ocupa, las cuales han sido resueltas por esa máxima corporación de justicia, mediante resoluciones de 2 de septiembre de 2002 y 10 de abril de 2003, así como un incidente de prescripción de la acción penal, el cual luego de ser elevado en segunda instancia fue resuelto el 30 de enero del presente año y se confirmó la negación del mismo."

El solicitante de la presente acción de habeas corpus sostiene en su escrito que tiene más de 5 años de estar detenido preventivamente sin que su proceso se haya concluido por lo que considera, debe ser puesto en libertad. Sostiene que otro implicado en el mismo proceso que se le sigue el Tribunal le otorgó su libertad, por lo que solicita que se proceda de igual manera y se le revoque la medida cautelar dictada en su contra.(fs.2-5).

El Pleno observa que mediante fallo de 10 de abril de 2003, esta Corte se pronunció sobre el mérito de la privación de libertad del señor K.A. , en razón de lo mismos argumentos que...

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