Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1 de Junio de 2005

PonenteJorge Federico Lee
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Acogido y librado el mandamiento de hábeas corpus, el Director de la Policía Nacional respondió señalando que no ordenó la detención de C.G., pero que éste fue retenido el 24 de mayo del año en curso en flagrante comisión de delitos contra la autoridad pública y remitido a la Policía Técnica Judicial el 25 de mayo de 2005. Señala también el Director de la Policía Nacional que C.G. fue puesto en libertad por la Fiscalía Auxiliar de la República mediante oficio Nº 24210 de 26 de mayo de 2005 (fs.16-17).

Del informe remitido por el Director de la Policía se desprende que C.G. ha recuperado su libertad, por lo que corresponde decretar el cese del procedimiento de hábeas corpus, de conformidad con el artículo 2581 del Código Judicial.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Pleno, administrando justicia en...

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