Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1 de Diciembre de 2004

Número de expediente906-2004
Fecha01 Diciembre 2004
EmisorSupreme Court (Panama)

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de hábeas corpus presentada por la señora M.M., a favor de A.M.B., y en contra de la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

Acogida la presente acción constitucional, se libra mandamiento de rigor contra la autoridad demandada, quien mediante oficio No. FD2-T13-4749, de 7 de septiembre de 2004, informa que sí ordenó la detención del ciudadano A.M., mediante providencia razonada.

En cuanto a los motivos de hecho y de derecho en que fundamenta la detención explicó:

... La presente encuesta penal tiene su origen, el pasado 8 de noviembre de los corrientes, cuando se lleva a cabo diligencia de allanamiento en la residencia ubicada en la Distrito de San Miguelito, sector de Tierras Negras, casa No. 123-A, propiedad de G.G.; toda vez que de acuerdo a informaciones obtenidas, se tenía conocimiento que dicha ciudadana facilitaba su residencia para que A.M. (a) HITO, guardara las sustancias ilícitas que éste distribuía.

Producto de la diligencia de allanamiento, se logran incautar diez (10) bolsitas contentivas de presunta COCAÍNA; y dentro de un tanque de cinco (5) galones de color amarillo, unas bolsitas vacías que acababa de romper la ciudadana G.V..

Cabe señalar que, se dejó constancia en el acta de allanamiento que G.G. manifestó que la droga le pertenecía a un sujeto de nombre A.M. (a) HITO, y que ella se la estaba guardando.

Al ser sometida a los rigores de la indagatoria (fs. 23-26), G.G. manifestó que, esa droga se la había dado a guardar el apodado HITO, quien le iba a pagar por los días que la droga estuviera ahí. Continuó explicando que le ha guardado drogas como unas tres (3) veces.

Rinde declaración indagatoria A.M. (a) HITO (fs. 84-89), quien al momento de efectuar sus descargos negó los cargos que se le hacían, señalando desconocer porque G.G. lo esta metiendo en eso.

Hasta el momento, existen suficientes elementos incriminatorios en contra de A.M. (a) HITO; los cuales tienen sus orígenes desde que las unidades de la Sub Dirección Anti Drogas de la Policía Nacional, reciben la información de que A.M. (a) Hito, no sólo se dedicaba a la venta y distribución de drogas, sino que utilizaba la residencia de G.G. ubicada en calle J, para guardar dichas sustancias (fs. 4-5).

Luego de allanada la residencia de la prenombrada G.V., es corroborada la información suministrada a las autoridades de policía, con la incautación de las sustancias...

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