Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Marzo de 2007

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Cursa ante el Pleno de la Corte Suprema, la acción de Hábeas Corpus formalizada por el licenciado MAURICIO SALINAS VANEGAS contra la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas a favor de V.O.A..

LA ACCIÓN DE HABEAS CORPUS

En su escrito el licenciado SALINAS sostiene, entre otras cosas, que su representada está siendo investigada por la supuesta comisión de Delitos Relacionados con Drogas, en virtud de que su ex concubino de nombre JULIO C.R. se viera relacionado en este delito, por razón de un allanamiento realizado en su residencia, lugar donde se encontró sustancias ilícitas.

En este allanamiento, argumenta, no se encontró pruebas que vinculen a su representada con el delito de posesión simple y posesión con ánimo de venta o tráfico. Es evidente que se dio el hallazgo de las sustancias ilícitas, pero las mismas no fueron encontradas, ni en la residencia de su representada, ni en su posesión, muy por el contrario fueron encontrada en una casa arrendada por el señor JULIO C.R., su ex concubino.

Advierte que la razón en la que se basa la Fiscalía de Drogas para ordenar la detención, es que en el allanamiento del día 3 de mayo, en la residencia donde residía supuestamente el señor JULIO C.R., su ex concubino se encontró una factura por la compra de un celular a nombre de su representada, V.O., elemento utilizado para fundamentar la detención de ésta como participe en el delito.

Concluye cuestionando cómo puede explicar la Fiscalía que la factura encontrada en el allanamiento, sea considerada o valorada como prueba suficiente para que su representada sea investigada por delitos relacionados con drogas y aplicar la más severa medida cautelar como lo es la Detención Preventiva, cuando ni siquiera ésta posee un celular, peor aún cuando el señor JULIO C.R. había explicado las razones del porque estaba a nombre de su ex concubina, desde antes que se ordenará su detención.

INFORME DE LA AUTORIDAD JUDICIAL DEMANDADA

Luego de haberse librado el mandamiento de Hábeas Corpus, la Fiscal Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas rinde informe en el que da cuenta de los motivos por los cuales su despacho ordenó la detención preventiva de la joven OGLIVE, mediante resolución motivada de 10 de mayo de 2006, y sostiene que existen suficientes elementos que vinculan a V.O.A., con la comisión del ilícito, toda vez que la precitada reside en el inmueble donde se encontró una cantidad considerable de marihuana y cocaína sustancias que además se encontraban distribuidas y fragmentada, lo cual facilita su manipulación, distribución y entrega, además de encontrarse documentación que demuestra la relación de ésta con el señor JULIO C.R., pese a que se manifiesta que para esa fecha estaban separados.

DECISIÓN DEL PLENO DE LA CORTE SUPREMA

Encontrándose el presente negocio en estado de resolver, al Tribunal de H.C. le corresponde verifica el acatamiento de las formalidades legales que trae consigo un acto de esta naturaleza por parte del funcionario público que ordena la privación de libertad, analizar los elementos probatorios existentes en el proceso, así como la vinculación de la joven OGLIVE ANDERSON con el delito investigado, el cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR