Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Junio de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado JULIO CÉSAR JOVANÉ DEL CID presentó acción de Hábeas Corpus a favor del señor M.A.M., portador de la cédula de identidad personal No.8-805-891, contra el Director General de la Policía Nacional.

Acogida la presente acción constitucional se libró el mandamiento el de Hábeas Corpus, y el licenciado G.A.P.A., en su calidad de Director General de la Policía Nacional, a través de la Nota DAL-156-05 de 27 de mayo de 2005, recibida en la Secretaría General de esta Corporación el 30 de mayo de 2005, indicó lo siguiente:

"

  1. No es cierto que haya ordenado la detención del señor M.A.M., en forma verbal ni por escrito.

  2. Queda explicado en el literal anterior.

  3. Ni tengo bajo mi custodia ni a mis órdenes a la persona que se ha mandado a presentar.

Cabe destacar que dicho ciudadano fue aprehendido mientras obstaculizaba el libre tránsito, atentaba contra la seguridad de particulares en actos de manifestación con la cual se amenazó, perturbó la paz y tranquilidad social, de igual manera lanzaba objetos contundentes contra miembros de la Policía Nacional quienes trataban de reestablecer el orden público. Dicho ciudadano fue puesto a órdenes de la División de Delitos Contra la Propiedad de la Policía Técnica Judicial, mediante oficio NºDIIP-620-05, datado 25 de mayo del año que decurre y luego puesto en libertad mediante oficio Nº24141, datado 26 de mayo de 2005, emitido por la Fiscalía Auxiliar de la República".

Del informe transcrito se observa que el señor...

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