Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4 de Febrero de 2005

PonenteJorge Federico Lee
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de hábeas data interpuesta por el Dr. J.A.R. contra el MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.

En su escrito de hábeas data (fs.1) el peticionario insta a esta Corporación de Justicia a que se ordene al funcionario demandado que presente "copia del contrato que mantiene con el Arrendador de un inmueble en Calle 50" ya que "no quiere" entregársela pese a que tiene derecho a ello.

Agrega el accionante que la reproducción en copia de ese documento no puede demorar tanto y que el Ministro en cuestión "cerró, con espectacular publicidad televisiva, la oficina otrora ocupada por el Ministro del Canal en ese inmueble" y que tal cosa atrajo su "curiosidad acerca del monto y condiciones" del mencionado contrato "que continuaba aunque nadie ocupara ese local".

Por último, reiterando la negativa que, según él, el Ministro requerido ha mostrado respecto de la solicitada copia del contrato arrendaticio, el demandante concluye el escrito que se repasa acotando que esa es la causa que lo lleva a deprecar "un acto de autoridad" "para corregir esta desviación de lo que le manda la Ley", además de manifestar que adjuntó a dicho escrito la petición original que formulara "hace más de 30 días" y una solicitud de certificación que tampoco fue respondida.

El peticionario adjuntó copias de dos (2) notas fechadas 4 de octubre y 9 de noviembre de 2004 (ver fs, 2 y 3), ambas dirigidas al Ministro de la Presidencia, siendo la primera de ellas contentiva de la solicitud que reitera ahora por vía del presente hábeas data y la segunda, de una petición de certificación de que no existía en esa dependencia pública correspondencia pendiente de entregársele.

Por su parte, la autoridad demandada al contestar el mandamiento de hábeas data, mediante "Nota No. 153-04 DM/AL" de 3 de diciembre de 2004, incorporada a folios 15-16 de este expediente, tras referir los antecedentes del caso, informó lo siguiente:

"...

En atención a la petición formulada por esta persona, se procedió por conducto de la Dirección Administrativa de esta institución a ubicar el contrato suscrito con la sociedad Dorwood Holding, Inc., propietaria del inmueble ocupado anteriormente por la Oficina del Ministro para Asuntos del Canal, toda vez que en la sede del Ministerio de la Presidencia no se mantienen registros referentes a la (sic) actividades realizadas por estas (sic) dependencia estatal, que dejó de funcionar el 1 de septiembre de 2004.

...

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