Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 5 de Enero de 2007

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la Acción de Hábeas Data interpuesta por K.H.S., en contra del MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA.

El recurrente fundamenta su recurso en los siguientes hechos:

"Solicito un Habeas Data contra la Ministra de Gobierno y Justicia por no haber entregado - en término - copias a las que tengo derecho.

Se trata de documentos relacionados al control civil de la Policía Nacional que supondría ejercer ese Ministerio.

Como pruebas aporto mi solicitud en su versión original, sellada y fechada como recibida en dicho despacho al 19 de diciembre de 2005, así como el original de una segunda solicitud de certificación - recibida el 9 de mayo de 2006 - que lo pedido no había sido entregado al solicitante.

El artículo 7 de la Ley de Transparencia, no podría ser más prístino:

"..."

La Corte ha reiterado este término de 30 días para entregar lo pedido, sin que quepa silencio administrativo alguno. Entre los más puntuales está su Habeas Data Nº 1301-05 de 3 de marzo 2006.

La omisión de deberes al no poder acreditar la

entrega-efectiva de lo solicitado al ciudadano - en término - también obstruye

el debido proceso de otras personas, puesto que obliga a ustedes a distraer de

su tiempo valioso para tramitar este Habeas Data conforme a derecho. De concederse en su momento, se habría

burlado la intención del Legislador de poner término de 30 días para la

satisfacción de dichas solicitudes, ya que para entonces se habría tardado casi

un año para obtener la información mandatada.

En consecuencia de esta dimensión social de la litis, les solicito

aplicar la multa prevista en el artículo 22 de la Ley de Transparencia (dos

meses de su salario mensual) por obstaculizar el acceso a la información

mediante la inobservancia de deberes enunciados en la Ley de

Transparencia. Además, ello serviría a

manera ejemplarizante para mejorar su cumplimiento a lo largo y ancho del

funcionariado, evitar sobrecargar al Órgano Judicial de procesos realmente

innecesarios, y cristalizar el deseo del Legislador para una administración

pública transparente."

La presente Acción de Hábeas Data fue admitida por el Magistrado Ponente mediante resolución de 12 de diciembre de 2006, solicitándose a la autoridad demandada, el envío de un informe acerca de los hechos materia de esta acción.

En respuesta a lo solicitado, la Ministro de Gobierno y Justicia, a través de Nota Nº 2852 DAL-06 de 13 de diciembre de 2006, informó lo siguiente:

...

En...

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