Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 6 de Junio de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado ANTONIO A. VARGAS presentó acción de Hábeas Corpus a favor del señor M.Á.C., portador de la cédula de identidad personal No.4-150-572, contra el Director General de la Policía Nacional.

Acogida la presente acción constitucional se libró el mandamiento el de Hábeas Corpus, y el licenciado G.A.P.A., en su calidad de Director General de la Policía Nacional, a través de la Nota DAL-312-05 de 3 de junio de 2005, recibida en la Secretaría General de esta Corporación el 3 de junio de 2005, indicó lo siguiente:

"

  1. No es cierto que haya ordenado la detención del señor M.Á. CASTILLO, en forma verbal ni por escrito.

  2. Queda explicado en el literal anterior.

  3. No tengo bajo custodia ni a mis órdenes a la persona que se ha mandado a presentar. El mismo fue retenido el día 27 de mayo del año en curso en las inmediaciones de La 5 de mayo, en flagrante violación de los delitos Contra la Autoridad Pública y fue remitido a la Policía Técnica Judicial el día 27 de mayo de 2005, mediante oficio NºD.I.I.P. 2229-05. Dicho ciudadano fue puesto en libertad a través de oficio Nº25843, de 31 de mayo de 2005, emanado de la Fiscalía Auxiliar de la República".

Del informe transcrito se observa que el señor MIGUEL ÁNGEL CASTILLO no se encuentra privado de su libertad, por lo que procede ordenar el cese del presente negocio constitucional...

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