Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 6 de Agosto de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado M.O.C.S., apoderado judicial de PROSEGUR PRIMERA AGENCIA DE SEGURIDAD, S.A., interpuso, por segunda vez, ante el Pleno de la Corte Suprema acción de amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer contenida en la Sentencia PJCD-3-No.20-2004 de 22 de marzo de 2004, emitida por la Junta de Conciliación y Decisión No.3, dentro del proceso laboral CARLOS PEREZ -VS- PROSEGUR PRIMERA AGENCIA DE SEGURIDAD, S.A.

Al encontrarse la acción en etapa de resolver, el licenciado C.S. presentó en la Secretaría General de esta Corporación, escrito mediante el cual desiste de la acción interpuesta, por las siguientes razones:

"... concurro ante su digno despacho a fin de presentar DESISTIMIENTO de la Acción De Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta contra la Orden de Hacer contenida en la Sentencia PJCD-3-No.20-2004 de 22 de marzo de 2004, emitida por la Junta de Conciliación y Decisión No.3, dentro del proceso laboral C.P. contra PROSEGUR PRIMERA AGENCIA DE SEGURIDAD, S.A., toda vez que la misma fue interpuesta desde el 15 de junio de 2004 por un error involuntario de nuestra parte, por lo cual pedimos excusas a ese augusto tribunal, ya que idéntico recurso había sido interpuesto con fecha 30 de abril de 2004, y que el 22 de junio de 2004, con ponencia del M.A.H., el Pleno de la Corte Suprema de Justicia expidió un Auto mediante el cual No Admitió la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales presentada con anterioridad por nosotros...

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