Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 7 de Junio de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado R.R.V. presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de habeas corpus con la finalidad de que se declare ilegal la detención preventiva que padece el señor J.J.C., y contra la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

I.CONSIDERACIONES DE LA ACCIONANTE.

De acuerdo a la accionante, el señor J.J.C. se encuentra privado de su libertad a órdenes del Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

Indica que el señor J.J.C. se encontraba a bordo de la nave Nueva Flor, que se dedica a la compra de cocos y venta de comestibles en las islas de Kuna Yala, siendo posteriormente retenido por unidades de la Policía Nacional y llevado a Puerto Obaldía, lugar donde la embarcación fue objeto de allanamiento, diligencia en la cual no se encontró nada ilícito.

Añade que por razón de haberse encontrado dos kilos de droga en un lugar conocido como La Boquita, a una distancia aproximada de un kilómetro de donde se encontraba custodiada la embarcación, se presume que los tripulantes de la nave Nueva Flor se encontraban vinculados con la sustancia ilícita hallada.

II.ARGUMENTOS DEL FUNCIONARIO DEMANDADO.

Cumplidos los trámites del reparto, el Magistrado Sustanciador libró mandamiento de habeas corpus contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, mediante providencia de 24 de abril de 2006, quien en su contestación, contenida en el Oficio No. FD1-T03-2735-06 de 25 de abril de 2006, legible de fojas 8 a 10 del expediente, expresó lo siguiente:

"A.La orden de detención del ciudadano J.J.C., fue decretada mediante providencia razonada de la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, de fecha treinta y uno (31) de enero de dos mil seis (2006). (fs. 111-113)

  1. Los fundamentos de hecho y de derecho que sirvieron para la adopción de tal medida procesal, se encuentran subsumidos en la resolución in comento y son los siguientes:

FUNDAMENTOS DE HECHO:

Los fundamentos de hecho para ordenar la detención preventiva de J.J.C., se dan luego de que para la fecha del 19 de enero de 2006, se recibe información por parte de una fuente de colaboración, quien manifestaba que en la comunidad de NAVAGANDI, una embarcación colombiana de nombre Nueva Flore realizó compras de posibles Armas y M., por lo que autoridades de la Dirección de Investigación Policial de Puerto Obaldía, proceden a interceptar dicha nave entre las aguas territoriales ubicadas...

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