Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 7 de Junio de 2006

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El señor J.Q.S., actuando en su propio nombre y representación, presentó ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acción de habeas corpus con la finalidad de que se declare ilegal la detención preventiva que padece, y contra la Fiscalía Segunda Superior del Tercer Distrito Judicial de Panamá.

  1. CONSIDERACIONES DEL ACCIONANTE.

    De acuerdo al accionante, se encuentra privado de su libertad por la comisión de los delitos de homicidio en grado de tentativa y de robo a mano armada. Agrega básicamente que en el proceso que se adelanta en su contra se produjo la contaminación de la prueba toda vez que, a su criterio, no se le puede investigar por un delito de dicha magnitud en una provincia distinta a la que originalmente había iniciado al investigación.

  2. Cumplidos los trámites del reparto, el Magistrado Sustanciador libró mandamiento de habeas corpus contra la Fiscalía Segunda Superior del Tercer Distrito Judicial de Panamá, mediante providencia de 11 de mayo de 2006, quien en su contestación, contenida en la Nota No. 15586-F.2.S de 11 de mayo de 2006, legible de fojas 11 a 13 del expediente, expresó lo siguiente:

    "A. Sí, es cierto que este Despacho ordenó la detención preventiva del señor J.Q.S., el día ocho de mayo del año 2006, mediante la Resolución de esa fecha, visible de folios 516 a 522 del proceso principal, por su presunta vinculación a un delito Contra la Vida y la Integridad Personal (Tentativa de Homicidio), en perjuicio del señor R.D.B..

    Los motivos y fundamentos de hecho y de derecho que

    apoyaron la limitación temporal de la libertad del señor JAVIER QUINTERO

    SÁNCHEZ, se dieron según la citada Resolución en la formulación de cargos que

    le hiciera ERICK J.M. HERRERA (fs.119 a 131 y 133-134), quien al

    admitir su participación en hecho, decide colaborar con la investigación, en el

    informe de comisión y ubicación (fs. 167-168), así como en el informe de

    novedad y recuperación de evidencias, visibles a folios 176 a 180, en los

    cuales se vincula al señor Q.S. con el hecho ilícito objeto de

    pesquisa.

    De igual forma está el testimonio de la señora SANDRA

    QUINTERO SÁNCHEZ, hermana de J.Q.S., quien de folios 181 a

    184, señaló y confirmó la entrega que le hizo su hermano de un arma de fuego

    para que se la cuidara, la cual resultó ser el arma utilizada para cometer el

    asalto en la empresa AVON, S.A., por ello, se dictó la detención preventiva

    que hasta ahora de mantiene vigente.

    Adicional a lo ya expuesto, debemos advertir que de...

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