Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 8 de Marzo de 2005

PonenteHipólito Gill Suazo
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado M.Á.R.G., ha presentado Acción de H.C. a favor de su representada, I.Y.C.D.G., en contra de la Fiscalía Tercera Superior.

  1. FUNDAMENTO DE LA ACCION DE HABEAS CORPUS.

    El licenciado R., a quien se le otorgara poder por parte de la señora CUBILLAS, según consta a foja 225, señala que su representada está detenida desde el 23 de septiembre del 2004, a órdenes de la Fiscalía Tercera Superior, en el Centro de Rehabilitación Nueva Esperanza de C. y que se encuentra en estado de gravidez. Que por motivo de complicaciones con su embarazo, fue hospitalizada en la Sala 4 del Complejo Hospitalario M.A.G..

    Explica que hasta la fecha se mantiene la detención toda vez que el F.T. Superior considera que existe suficiente mérito para continuar tal medida. No obstante, el licenciado R. considera que esta detención es ilegal debido a que pone en peligro la vida del que está por nacer, que goza de una tutela especial, según la Constitución Política de la República, desde la concepción hasta su período de lactancia.

    Finalmente solicita "se declare ilegal la medida cautelar contenida en la providencia de 23 de septiembre de 2004, dictada por la Fiscalía Tercera Superior del Primer Distrito Judicial, en base a las evidentes causas de ilegalidad". (Foja 2)

  2. INFORME DE LA AUTORIDAD DEMANDADA.

    Acogido el presente negocio por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, se libró M. de Habeas Corpus contra la Fiscalía Tercera Superior, quien rindió un informe, por medio del Oficio 330-05 del 10 del febrero del 2005.

    La Fiscalía respondió el Mandamiento en los siguientes términos:

    "1. El despacho a mi cargo, ordenó la detención preventiva de la procesada ILKA YESENIA CUBILLAS DE GARCÍA, mediante resolución motivada, de fecha 23 de septiembre de 2004 (foja 209-214), dentro de las sumarias seguidas por el delito CONTRA LA VIDA E INTEGRIDAD PERSONAL, ejecutado en perjuicio del occiso R.G.A. (q.e.p.d.).

    1. Las razones de hecho y de derecho que motivaron la medida cautelar de la detención preventiva de la sindicada ILKA YESENIA CUBILLAS DE GARCÍA se encuentran explicadas y sustentadas en resolución de fecha 23 de septiembre de 2004.

    2. Sí en éstos momentos, se encuentra bajo custodia y órdenes de este despacho la detenida ILKA YESENIA CUBILLAS DE GACÍA.

    Adjuntamos copias debidamente autenticadas del sumario respectivo y del Auto Nº7-P.I. del veinticuatro (24) de enero del año en curso, del Segundo Tribunal de Justicia, en donde NIEGA, el incidente de...

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