Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 9 de Junio de 2005

PonenteJorge Federico Lee
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia la demanda de hábeas corpus correctivo propuesta por la firma forense OROBIO & OROBIO, en nombre y representación de G.A.G.G., contra el Director General del Sistema Penitenciario.

La proponente manifiesta que G.A.G.G. se encuentra detenido en el Sistema Transitorio de la Policía Técnica Judicial en el Edificio Avesa, Vía España, mientras se le investiga por la supuesta comisión de un delito contra la salud pública relacionado con drogas. Y a pesar de que el reo se ha declarado confeso, arrepentido y ha colaborado con la investigación no ha sido trasladado, desde el mes de septiembre de 2004, a un sistema carcelario que cumpla con las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos.

Continua la proponente manifestando que su representado formuló una petición de traslado al Departamento de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Justicia y que éste dio contestación a dicha solicitud remitiendo una nota a la Dirección General del Sistema Penitenciario para que efectúe el traslado de G.G. hacia el pabellón Guantánamo del Centro Penal la Joya. Agrega la proponente que, sin embargo, en los centro penales de la Joya y la Joyita se encuentran recluidas las personas que su representado ha señalado como los autores del delito contra la salud pública que se investiga.

Por último, la demandante solicita al Pleno que se traslade a su representado al Centro Penal El Renacer, ya que de ser trasladado a La Joya o a La Joyita, la vida de éste correría peligro.

Acogido y librado el mandamiento de habeas corpus, la Dirección General del Sistema Penitenciario respondió mediante nota Nº 503-DGSP-DAL fechada 23 de marzo de 2005, indicando que G.G. no está a sus órdenes, sino a órdenes de la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas. Indicó también que ha autorizado el ingreso de G.A.G. al Complejo Penitenciario La Joya, sección Guantánamo, en atención al Oficio Nº FD-0-6090-2004 de 14 de diciembre de 2004, suscrito por el entonces Fiscal Segundo de Drogas Licenciado P.C., toda vez que en la referida sección permanecen detenidos la mayoría de los ex-servidores públicos que prestaban servicios en las entidades de seguridad del Estado.

Recibida la respuesta del Director General del Sistema Penitenciario, se enderezó el mandamiento correspondiente a la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, la que a su vez respondió que sí ha ordenado la detención de...

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