Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 10 de Agosto de 2005

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El señor G.J.R.P., actuando en su propio nombre y representación ha presentado formal acción de Hábeas Corpus contra el señor F.S. Especializado en Drogas.

Indica en su escrito que su detención es ilegal, ya que no existen fundamentos para ello, aunado a las irregularidades presentes en el proceso. Agrega que el inicio de esta controversia, se da con la diligencia de allanamiento efectuada en la embarcación en que fungía como capitán, y en donde las autoridades no lograron incautar nada ilícito. Posteriormente, al solicitársele los documentos de identificación, presentó dos pasaportes de nacionalidades distintas, razón por la cual fue trasladado a las dependencias de la Dirección de Migración y Naturalización(Chiriquí). Luego se le traslada a Panamá para deportarlo y nuevamente a Chiriquí, donde comparece ante el F. Superior, quien lo interroga en relación al homicidio de dos (2) personas, pero ante la ausencia de elementos probatorios que lo comprometieran con el hecho, se le dejó en libertad. Seguidamente es conducido a Panamá y el señor F.S. de Drogas ordena su detención por estar supuestamente involucrado en delitos relacionados con drogas, sin que existan indicios o elementos probatorios que acrediten su vinculación con el hecho que se le imputa.

Continuando con los trámites de rigor, la acción constitucional se admitió y se libró mandamiento de H.C., que fue respondido por el señor F.S. Especializado en Drogas, quien manifestó que al precitado se le instruye un sumario en la Fiscalía Primera de Drogas, razón por la cual se libró el mandamientoen contra de ésta. En virtud de ello se manifestó haberse ordenado la detención preventiva a través de resolución de 15 de marzo de 2004, la cual se motivó en una serie de hechos entre los que se pueden indicar que a través del informe de la operación Dragón, la cual se seguía por asuntos relacionados con drogas en nuestro país, se hace referencia al hallazgo de los cuerpos decapitados de los ciudadanos hondureños C.L. y J.F., quienes formaban parte de la tripulación de la nave Sucry O. A raíz de dicha situación, uno de los tripulantes, D.P.Q., pone en conocimiento el trasiego internacional de estupefacientes a través de dicha embarcación y otras de propiedad de J.B.B., indicando además los partícipes de la misma, así como la referencia a que dicha actividad podría ser el móvil de la muerte de los precitados. Ello, sin dejar de indicar los indicios de presencia y oportunidad que pesan...

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